Resoluciones. 061-IEPS-2018 Deléguense facultades a los Directores/as Nacionales

Número de Boletín352
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Nacional de Economía Popular y Solidaria
12 – Lunes 22 de octubre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 352
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los dieciocho
días del mes de septiembre de 2018.
f.) Mgs. Pablo Campana Sáenz, Ministro de Industrias y
Productividad, (E).
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUC-
TIVIDAD.- Certif‌i ca es f‌i el copia del original que reposa
en Secretaría General.- Fecha: 19 de septiembre de 2018.-
f.) Ilegible.
No. 061-IEPS-2018
Mgs. Diego Fernando Castañeda Egüez
DIRECTOR GENERAL (E)
INSTITUTO NACIONAL DE ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA
Considerando:
prescribe que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la Carta Magna dispone: “La
administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de ef‌i cacia,
ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Que, la Ley Orgánica de la Economía Popular y
Solidaria, publicada en el Registro Of‌i cial No. 444
del 10 de mayo de 2011, en el artículo 153 establece la
creación del Instituto Nacional de Economía Popular y
Solidaria, como una entidad de derecho público, “(…) con
jurisdicción nacional, dotado de personalidad jurídica,
patrimonio propio y autonomía técnica, administrativa
y f‌i nanciera”;
Que, la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria
en el artículo 156 establece que: “El Instituto estará
representado legalmente por su Director General, (…)”;
Que, la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria,
en el artículo 157, literal c) señala que son atribuciones
del Director General: “Dirigir, coordinar y supervisar la
gestión administrativa del Instituto.”
Que, mediante Resolución No. 029-IEPS-2013 de 1 de
abril de 2013, publicada en el Registro Oficial No. 932
de 12 de abril de 2013, se expide la Reforma Integral
al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos del Instituto Nacional de Economía Popular y
Solidaria – IEPS;
Que, conforme lo determina el numeral 12 del literal
b), números 3 y 4 del artículo 12 de la Reforma Integral
al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos del IEPS, es atribución y responsabilidad del
Director/a General “(…) dirigir, coordinar y supervisar
la gestión administrativa del Instituto; y, celebrar a
nombre del Instituto los contratos y convenios que
requiera la gestión institucional”;
Que, el Código Orgánico Administrativo en el numeral
1 del artículo 69 de la “Delegación de competencias”,
señala que se puede delegar a: “1.- Otros órganos
o entidades de la misma administración pública,
jerárquicamente dependientes (…)”
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva - ERJAFE publicado en el Registro
Oficial No. 536 de 18 de marzo del 2002, en el artículo
55 señala: “LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES.-
Las atribuciones propias de las diversas entidades
y autoridades de la Administración Pública Central
e Institucional, serán delegables en las autoridades
u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se
encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Oficial (…).”;
Que, mediante acción de personal Nro. 2018-06-0255 de
13 de junio de 2018, se encarga al Mgs. Diego Fernando
Castañeda Egüez, la Dirección General del Instituto
Nacional de Economía Popular y Solidaria- IEPS;
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva-ERJAFE.
Resuelve:
Artículo 1.- Delegar a los Directores/as Nacionales del
Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria, la
facultad de autorizar y ordenar el gasto que por concepto
de viáticos y movilizaciones se deba cancelar a las y los
servidores públicos del IEPS, en sus respectivas áreas,
cuando éstos deban trasladarse fuera de su lugar habitual
de trabajo.
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