061A-2018 Nómbrase Subcoordinadora Jurídica de la Corte Nacional de Justicia

Número de Boletín352
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Lunes 22 de octubre de 2018 – 31Registro Of‌i cial Nº 352
Que mediante Memorando CJ-DNTH-2018-2611-M,
de 21 de agosto de 2018, suscritos por la Dirección
Nacional de Talento Humano, pone en conocimiento de
la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica, el informe
técnico DNTH-SA-914-2018, de 20 de agosto de 2018,
referente al Informe de factibilidad sobre nombramiento de
Subcoordinadora Jurídica de la Corte Nacional de Justicia;
y, los proyectos de resolución respectivos;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció los
Memorando CJ-DG-2018-2974-M; de 31 de agosto de
2018, suscrito por la Dirección General, quien remite el
Memorando circular CJ-DNJ-2018-0165-MC, de 29 de
agosto de 2018, suscrito por la Dirección Nacional de
Asesoría Jurídica, que contiene los proyectos de resolución
para: “Nombrar Subcoordinadora Jurídica de la Corte
Nacional de Justicia”;
Que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
Transitorio con base a sus competencias derivadas del
mandato que le conf‌i ó el pueblo ecuatoriano en la Consulta
Popular de 4 de febrero de 2018, mediante Resolución
PLE-CPCCS-T-E-048-14-06-2018, resolvió designar a
los señores y señoras: doctor Marcelo Merlo Jaramillo,
abogada Zobeida Aragundi, doctor Aquiles Rigail, doctora
Angélica Porras y doctor Juan Pablo Albán como vocales
encargados del Consejo de la Judicatura, presidido por el
doctor Marcelo Merlo Jaramillo; y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y
legales, por unanimidad de los presentes,
RESUELVE:
NOMBRAR SUBCOORDINADORA JURÍDICA DE
LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
Artículo 1.- Aprobar los informes técnicos No. DNTH-
SA-914-2018, de 20 de agosto de 2018, contenido en el
Memorando CJ-DNTH-2018-2611-M, de 21 de agosto
de 2018, referente a la designación de Subcoordinadora
Jurídica de la Corte Nacional de Justicia, suscrito por la
Dirección Nacional de Talento Humano.
Artículo 2.- Nombrar Subcoordinadora Jurídica de la
Corte Nacional de Justicia, a la abogada María Isabel
Yépez Zambrano.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo
en el ámbito de sus competencias de la Dirección General y
la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de
la Judicatura.
SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir
de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de
sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el treinta y
uno de agosto de dos mil dieciocho.
f.) Dr. Marcelo Merlo Jaramillo; Presidente.
f.) Dra. Angélica Porras Velasco, Vocal Consejo de la
Judicatura.
f.) Dr. Juan Pablo Albán Alencastro, Vocal Consejo de la
Judicatura.
CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura,
aprobó esta resolución el treinta y uno de agosto de dos mil
dieciocho.
f.) Ab. Irene Valencia Balladares Mgs., Secretaria
General.
No. 061A-2018
EL PLENO
DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, dispone: “El Consejo de la Judicatura es el
órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina
de la Función Judicial.”;
Que los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución
de la República del Ecuador, establecen: “Serán funciones
del Consejo de la Judicatura además de las que determine la
ley: 1. Def‌i nir y ejecutar las políticas para el mejoramiento
y modernización del sistema judicial (…); y, 5. Velar por la
transparencia y ef‌i ciencia de la Función Judicial.”;
Judicial, determina: “…los órganos de la Función Judicial,
en el ámbito de sus competencias, deberán formular
políticas administrativas que transformen la Función
Judicial para brindar un servicio de calidad de acuerdo a
las necesidades de las usuarias y usuarios…”;
Que el numeral 1 del artículo 100 del Código Orgánico de la
Función Judicial, dispone: “Son deberes de las servidoras
y servidores de la Función Judicial, según corresponda al
puesto que desempeñen, los siguientes: 1. Cumplir, hacer
cumplir y aplicar, dentro del ámbito de sus funciones, la
Constitución, los instrumentos internacionales de derechos
humanos, las leyes y reglamentos generales; el Estatuto
Orgánico Administrativo de la Función Judicial, los
reglamentos, manuales, instructivos y resoluciones del
Pleno del Consejo de la Judicatura y de sus superiores
jerárquicos.”;
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