Acuerdos. 063 Refórmese El Acuerdo Ministerial 0135 De 01 De Diciembre De 2017
Número de Boletín | 276 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
Que el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que, a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que el artículo 286, inciso primero de la Constitución de la República dispone que las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno se conducirán de forma sostenible, responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica”;
Que el artículo 315, inciso segundo de la Constitución de la República dispone: “Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía financiera, económica y de gestión...”;
Que el artículo 71 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dispone: “La rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del SINFIP”;
Que el artículo 91, inciso primero del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dispone: “Los recursos provenientes de actividades empresariales públicas nacionales ingresarán al Presupuesto General del Estado una vez descontados los costos inherentes a cada actividad y las inversiones y reinversiones necesarias para el cumplimiento de la finalidad de cada empresa. Los procedimientos y plazos para la liquidación y entrega de los recursos serán determinados en la normativa que dicte el ente rector de las finanzas públicas en coordinación con la empresa correspondiente.”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No 314, publicado en el Registro Oficial Suplemento 171 del 14 de abril de 2010, se crea la Empresa Pública de Exploración y Explotación de Hidrocarburos PETROAMAZONAS EP y el artículo 2 determina su objeto principal disponiendo: “El objeto principal de PETROAMAZONAS EP, es la gestión de las actividades asumidas por el Estado en el sector...
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