Acuerdos. 064 Deléguese Al Economista Santiago Alejandro Caviedes Guzmán, Viceministro De Economía, Delegado Permanente Ante Directorio De La Corporación Financiera Nacional
Número de Boletín | 274 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
Lunes 2 de julio de 2018 – 3Registro Ofi cial Nº 274
Art. 2.- El delegado queda facultado a suscribir todos
los documentos, participar en las diligencias, intervenir,
votar y tomar las decisiones que crea pertinentes, para
el cabal cumplimiento de esta delegación, respondiendo
directamente de los actos realizados en ejercicio de la
misma.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 06 de junio de 2018.
f.) Econ. Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía
y Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.- Es fi el
copia del original.- 2 fojas.- f.) Ilegible.- 18 de junio de
2018.
No. 064
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
Y FINANZAS, SUBROGANTE
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada
en el Registro Ofi cial No. 449 de 20 de octubre de 2008,
en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
Que el Código Orgánico de Planifi cación de Finanzas
Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo
Suplemento del Registro Ofi cial No. 306, en su artículo 75
dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las fi nanzas
públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;
Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del
Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;
Que la Corporación Financiera Nacional fue creada
mediante ley expedida por la Junta Militar de Gobierno,
el 11 de agosto de 1964. Dicha entidad se ha mantenido a
través de las diversas leyes y reformas que han modifi cado
su estructura y funcionamiento, hasta la última Codifi cación
de la Ley Orgánica de la Corporación de la Ley Orgánica
de la Corporación Financiera Nacional que fue expedida
como Ley No. 2006-008, publicada en el Registro Ofi cial
387 del 30 de octubre del 2006;
Que el artículo 361 del Código Orgánico Monetario
y Financiero, establece que las entidades del sector
fi nanciero público se crearán mediante decreto ejecutivo,
en el que al menos se expresará la denominación, objeto,
capital autorizado, suscrito y pagado, patrimonio,
administración, duración y domicilio;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 868 de 30 de
noviembre de 2015, publicado en el segundo suplemento
del R.O. No. 676 de 25 de enero de 2016, se dispuso la
“Reorganización de la Corporación Financiera Nacional
B.P.”;
Que con Decreto Ejecutivo No. 7 de 24 de mayo de 2017,
se sustituyen las letras b) y c) del artículo 5 del Decreto
Ejecutivo No. 868 referido en el considerando anterior
incorporando miembros del Directorio de la Corporación
Financiera Nacional al titular de la Secretaría de Estado a
cargo de las fi nanzas públicas o su delegado permanente;
En ejercicio de las atribuciones que le confi eren los artículos
154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del
Código Orgánico de Planifi cación y Finanzas Públicas, 17
y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al economista Santiago Alejandro Caviedes
Guzmán, Viceministro de Economía, como delegado
permanente del Ministerio de Economía y Finanzas ante el
Directorio de la Corporación Financiera Nacional.
Art. 2.- El delegado queda facultado a suscribir todos
los documentos, participar en las diligencias, intervenir,
votar y tomar las decisiones que crea pertinentes, para
el cabal cumplimiento de esta delegación, respondiendo
directamente de los actos realizados en ejercicio de la
misma.
Art. 3.- Los acuerdos que se opongan a delegaciones
anteriores al Directorio de la Corporación Financiera
Nacional, quedan derogados.
Art. 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Ofi cial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 11 de junio de 2018.
f) Mgs. Fabián Aníbal Carrillo Jaramillo, Ministro de
Economía y Finanzas, Subrogante.
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fi el copia del original.- f.) Ilegible.- 2 fojas.-f.) Ilegible.- 13
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