Resoluciones. 066A-2018 Otórguese nombramiento provisional provincia de Imbabura

Número de Boletín353
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Martes 23 de octubre de 2018 – 39Registro Of‌i cial Nº 353
1. Comparecer y dirigir las audiencias de que señalan en
los trámites de tutelas administrativas en materia de
propiedad industrial;
2. Ordenar y ejecutar las inspecciones que se dispongan
en los trámites de tutelas administrativas en materia de
propiedad industrial;
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.- Los delegados a través de la presente resolución
responderán directamente de los actos realizados en
el ejercicio de las funciones y atribuciones delegadas
y deberán observar para el efecto las disposiciones
constitucionales, legales y reglamentarias.
Segunda.- Los documentos emitidos en virtud de esta
delegación será de responsabilidad de la delegada,
quien actúa lo establecido en el artículo 59 del Estatuto
del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, en los cuales, se hará constar expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictados por el Director
Nacional de Propiedad Industrial.
Tercera.- El Director Nacional de Propiedad Industrial se
reserva el derecho de avocar las atribuciones delegadas,
cuando lo estime pertinente.
Cuarta.- De conformidad con el la disposición contenida
en el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, publíquese esta
Resolución en el Registro Of‌i cial.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA: Deróguense y déjense sin efecto las siguientes
Resoluciones:
a) Resolución No. 007-2017-DNPI-IEPI de 4 de julio de
2017.
b) Resolución No. 008-2017-DNPI-IEPI de 18 de agosto
de 2017.
c) Resolución No. 009-2017-DNPI-IEPI de 1 de
noviembre de 2017.
d) Resolución No. 010-2017-DNPI-IEPI de 1 de
diciembre de 2017.
e) Resolución No. 001-2018-DNPI-IEPI de 5 de marzo
de 2018.
Así también deróguense todas las normas de igual o
inferior jerarquía que se opongan a la presente delegación.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, 25 de junio de
2018.
f.) José Andrés Francisco Tinajero Mullo, Director
Nacional de Propiedad Industrial.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia del original.-
f.) Delegada de la Dirección de Gestión Institucional.-
Quito, 17 de agosto de 2018.
No. 066A-2018
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, dispone: “El Consejo de la Judicatura
es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial…”;
Que el numeral 2 del artículo 168 de la Constitución de la
República del Ecuador, establece: “La administración de
justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio
de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: 2.
La Función Judicial gozará de autonomía administrativa,
económica y f‌i nanciera.”;
Ecuador, manif‌i esta: “La Función Judicial se compone
de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos,
órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley
determinará su estructura, funciones, atribuciones,
competencias y todo lo necesario para la adecuada
administración de justicia.”;
Que los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución
de la República del Ecuador, determinan: “Serán
funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que
determine la ley: 1. Def‌i nir y ejecutar las políticas para el
mejoramiento y modernización del sistema judicial (…);
y, 5. Velar por la transparencia y ef‌i ciencia de la Función
Judicial.”;
Que el numeral 2 del artículo 42 del Código Orgánico
de la Función Judicial, manif‌i esta: “Las servidoras y
servidores de la Función Judicial pertenecen a la carrera
judicial, de acuerdo a la siguiente clasif‌i cación: 2. Las
demás servidoras y servidores judiciales pertenecen a la
carrera judicial administrativa.”;
Judicial, prescribe: “El Consejo de la Judicatura es el
órgano único de gobierno, administración, vigilancia
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