Resoluciones. 070-2017 Apruébense Los Informes Técnicos Y Desígnense Notarios Suplentes A Nivel Nacional

Número de Boletín22
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Lunes 26 de junio de 2017 – 43Registro Of‌i cial Nº 22
Que, según la disposición transitoria Tercera del Código de
la Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad
e Innovación, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016: “El Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, así como toda
la institucionalidad creada mediante la Ley de Propiedad
Intelectual, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
No. 426 de 28 de diciembre de 2006, existirá hasta que se
establezca mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo,
la nueva autoridad nacional competente en materia
de derechos intelectuales, encargada de la regulación,
gestión y control de los derechos intelectuales y de los
conocimientos tradicionales, perteneciente a la Función
Ejecutiva y adscrita a la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación. (…) Así mismo, todas las
disposiciones y funciones atribuidas a la nueva autoridad
nacional competente en materia de derechos intelectuales,
hasta su conformación, continuarán siendo ejercidas por el
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, a través
de los distintos órganos que lo conforman.(…) La nueva
autoridad nacional competente en materia de derechos
intelectuales, encargada será la sucesora en derecho
del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual,
asumiendo el patrimonio, presupuesto, derechos y
obligaciones incluyendo las laborales, conforme los
regímenes aplicables a cada caso.(…)”.
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva faculta a las
diversas autoridades de la administración, la delegación
en los órganos de inferior jerarquía las atribuciones
propias de sus cargos;
Que, con el f‌i n de agilitar la administración de los trámites
que son de competencia de Gestión de Documentación
y Archivo del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual, resulta necesario implementar mecanismos
para la desconcentración de funciones;
Que, mediante acción de personal Nro. IEPI-
UATH-2017-01-018, de 25 de enero de 2017, el delegado
del Director Ejecutivo, resolvió otorgar el nombramiento
de libre remoción a Guevara Barreto Evelyn Mirley, en el
cargo de Experta Principal de Documentación y Archivo,
desde el 01 de febrero de 2017; y,
En ejercicio de sus atribuciones legales,
Resuelve:
Artículo 1.- DELEGAR las atribuciones de Gestión de
Documentación y Archivo en lo que se ref‌i ere a notif‌i car,
certif‌i car y conferir copias certif‌i cadas y compulsas de
documentos y actos administrativos generados en el
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual a nivel
nacional, ya sea de documentos físicos o digitales, a la
servidora Andrea del Carmen Aguirre Moreno de la
Dirección Nacional de Obtenciones Vegetales.
Artículo 2.- Las resoluciones dictadas en virtud de esta
delegación serán de responsabilidad de la delegada, quien
actúa según lo establecido en el artículo 59 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.
Artículo 3.- La Experta Principal en Documentación
y Archivo se reserva el derecho de hacer uso de las
atribuciones delegadas, cuando lo estime pertinente y se
reserva para sí las demás funciones que le están asignadas.
Artículo 4.- De conformidad con la disposición contenida
en el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, publíquese esta
Resolución en el Registro Of‌i cial.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Deróguense y déjense sin efecto las normas internas de
igual o inferior jerarquía que se opongan a lo dispuesto en
la presente resolución.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 01 de febrero
de 2017.
f.) Evelyn Mirley Guevara Barreto, Experta Principal de
Documentación y Archivo, Instituto Ecuatoriano de la
Propiedad Intelectual IEPI.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia.-
f.) Abg. Lenin Campaña Carrasco, Experto Secretario
Abogado General.- Quito, 13 de abril de 2017.
No. 070-2017
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, dispone: “El Consejo de la Judicatura
es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial…”;
Que, los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución
de la República del Ecuador, establecen: “Serán
funciones del Consejo de la Judicatura además de las que
determine la ley: 1. Def‌i nir y ejecutar las políticas para el
mejoramiento y modernización del sistema judicial (…);
y, 5. Velar por la transparencia y ef‌i ciencia de la Función
Judicial.”;
del Ecuador, manif‌i esta: “Las notarias y notarios son
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