Acuerdo 076 Apruébese el estatuto y otórguese personería jurídica a la Fundación para la Innovación e Investigación Ambiental “2IA”, domiciliada en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Fecha de publicación06 Septiembre 2019
Número de Gaceta34
Viernes 6 de septiembre de 2019 – 3Registro Of‌i cial Nº 34
En ejercicio de las atribuciones delegadas mediante
Acuerdo Ministerial No. 250 de 30 de diciembre de 2010,
publicado en el Registro Of‌i cial No. 394 de 28 de febrero
de 2011.
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el Estatuto y otorgar personalidad
jurídica a la Fundación para la Protección de Fauna
Silvestre “Proyecto Sacha”, domiciliada en la República
del Ecuador, Provincia del Guayas, Cantón Guayaquil,
Parroquia Tarqui, Ciudadela Urdesa, Calle Bálsamos No.
418 y Calle Ébanos, código postal EC090507.
Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a
las siguientes personas:
MIEMBROS FUNDADORES
ELIANA BELÉN MOLINEROS
RUÍZ CC 0924539448
LICET JOMAIRA SANTOS HUREL CC 0922631767
Art. 3.- Disponer que la Fundación para la Protección
de Fauna Silvestre “Proyecto Sacha” remita al Ministerio
del Ambiente la documentación relacionada con la
elección de la Directiva, según lo establecido en el Art. 16
del Decreto Ejecutivo No. 193, publicado en el Registro
Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de 2017.
Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General
de Fundaciones y Corporaciones que para el efecto lleva
la Coordinación General Jurídica de este Ministerio,
y notif‌i car con una copia del presente Acuerdo a los
interesados, conforme a lo dispuesto en los artículos 164 y
Art. 5.- El presente Acuerdo tendrá vigencia a partir de la
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dado en Quito, 23 de agosto de 2019.
f.) Sr. Ab. Henry Augusto Borja Gallegos, Coordinador
General Jurídico.
No. 076
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la
República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas
el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma
libre y voluntaria;
Que, el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que son deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos
respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo
racional, sustentable y sostenible;
Ciudadana señala que “Las organizaciones sociales que
desearen tener personalidad jurídica deberán tramitarla
en las diferentes instancias públicas que correspondan a
su ámbito de acción y actualizarán sus datos conforme a
sus estatutos. El registro de las organizaciones sociales se
hará bajo el respeto a los principios de libre asociación y
autodeterminación”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 193, publicado en el
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 109 de 27 de octubre
de 2017, se emite el Reglamento para el Otorgamiento de
Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales, mismo
que en su artículo 2 faculta a las instituciones competentes
del Estado, de acuerdo a sus competencias específ‌i cas,
otorgar personalidad jurídica a las organizaciones sociales
sin f‌i nes de lucro que voluntariamente lo requieran y se
ajusten a las disposiciones constitucionales, legales y de
este Reglamento;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva faculta a los
Ministros de Estado el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios, sin necesidad de autorización
alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales;
Que, mediante documento de control No. MAE-SG-
2019-3786-E de fecha 18 de marzo de 2019, se ingresa la
solicitud y documentación requerida para la aprobación
de la personalidad jurídica de la organización denominada
Fundación para la Innovación e Investigación
Ambiental “2IA”, domiciliada en el Cantón Quito,
Provincia de Pichincha.
Que, la Coordinación General Jurídica solicitó informe
técnico respecto del objetivo principal y f‌i nes específ‌i cos
de la organización, mediante memorando No. MAE-CGJ-
2019-0655-M de fecha 28 de marzo de 2019 dirigido a la
Subsecretaría de Calidad Ambiental; en virtud de lo cual,
mediante memorando No. MAE-DNCA-2019-2417-M
de 04 de junio de 2019, la Dirección Nacional de Control
Ambiental emite informe sin observaciones y adjunta
informe técnico de la Dirección de Mitigación de Cambio
Climático;
Que, mediante of‌i cio No. MAE-CGJ-2019-0392-O de
fecha 14 de junio de 2019, la Coordinación General Jurídica
notif‌i ca a la Fundación para la Innovación e Investigación
Ambiental “2IA”, las observaciones realizadas por esta
Cartera de Estado, para la respectiva corrección;
Que, mediante memorando No. MAE-CGJ-2019-1743-M,
de fecha Quito, 16 de agosto de 2019, que contiene el
informe motivado previsto en los numerales 2 y 3 del
artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 193, se señala que
ón
con u
s, confo
igo Or
ente Acuerdo tendrá vigenci
erjuicio de su publicación
UBLÍQU
inscripción en
General Jurídica d
una copia del pres
rme a lo dispuesto
rgánico Administrativo.
Acuerdo tendrá vigencia a partir
cio de su publicación en el Regi
pa
de e
esente A
esto en los art
ánico Administrativo.
93,
09 de 27
u ins
Cor
G
un
for
Org
Acuerdo tendrá vigencia a par
bli
tro G
efecto
Minist
d
eneral
lleva
Q
y A
M
a lo
s 164 y
s
e
inh
algun
xpr
nistr
heren
a
ros
sa
nistra
de E
culo 1
ivo d
17 de
es co
as
ntariam
nstitu
orga
ente l
etencia
nizac
la
201
sol
, me
3
men
s
Presid
e seña
minist
ente
o el de
erios
Estatu
unción
espac
atuto de
E
,
Ébano
egistrar
s person
UNDADORES
MOLINEROS
ra l
ha”
, domi
cia del Guayas
Ciudadela Urdesa, C
s, código postal EC0
en calidad de miembros
nas:
ADO
Call
C090507
de miembros
as:
atuto
n para
Sacha
incia
Ci
os,
r en calidad de miembros fun
ona
DORES
Gua
álsamos
ública
yaquil,
sNo
na
a
Que
C
dores a
su
des
en la
dad
seare
d
dana
te
artícu
señ
ab
lo 36
iliz
le y so
zar
oste
de la
los r
bl
uatoria
a natu
ce q
nas y
e la Co
ue so
auto
s esta
bajo
ito d
tutos.
r
rentes
e acci
erson
nstan
ue “La
alida
Ley O
as or
e;
Org
EL MIN
C
3 del artículo 66 de la C
or, reconoce y g
, reunirse
N
o. 076
NISTERIO DEL AMBIEN
Considerando:
rtículo 66 de la Constitución de
ce y garantiza a las person
EL AMBIENT
id
NISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
de
Am
i
Q
Cli
Que
orme
imáti
me té
o;
al em
nico
or
nio de 2
mite i
lid
an
2019,
dad
No
8 de m
Amb
e memo
marzo
ipal
rando
ica so
y f‌i n
Am
Ca
cha 14
f‌i ca a
i
media
4 de ju
nte o
a Direc
Dire
e sin
cción
MAE
rección
obs

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR