Ordenanzas Municipales. 08-GADMCS-2018 Cantón Santiago: Que reforma a la Ordenanza que regula los procesos de declaración, adjudicación y escrituración de terrenos mostrencos, fajas y lotes, ubicados en la cabecera cantonal, cabeceras parroquiales y centros poblados urbanos

Número de Boletín383
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 6 de diciembre de 2018 – 5Registro Of‌i cial Nº 383 – Suplemento
y conformación el Ministerio de Relaciones Laborales
establecerá la metodología correspondiente, de
conformidad con la norma que se expida para el efecto”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MRL-2013-
0139, publicado en el Suplemento del Registro Oficial
No. 69 de 29 de agosto de 2013, el Ministerio del
Trabajo emitió la Norma Técnica de Valoración de
Puestos por Puntos del Nivel Jerárquico Superior de la
Administración Pública Central e Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva; y,
Que, es necesario actualizar la norma con el fin de
adecuarla a la realidad del país en cuanto a la estructura
de sus instituciones públicas;
En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 154,
numeral 1 de la Constitución de la República y el artículo
51, literal a) de la Ley Orgánica del Servicio Público.
Acuerda:
REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL No.
MRL-2014-00097 DE 29 DE ABRIL DE 2014 CON
EL CUAL SE REFORMÓ LA NORMA TÉCNICA
DE VALORACIÓN DE PUESTOS POR PUNTOS
DEL NIVEL JERÁRQUICO SUPERIOR DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL E
INSTITUCIONAL Y QUE DEPENDEN DE LA
FUNCIÓN EJECUTIVA
Art. 1.- Sustitúyase el artículo 23 de la Norma Técnica
de Valoración de Puestos por puntos del Nivel Jerárquico
Superior de la Administración Pública Central e
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva,
publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 69
de 29 de agosto de 2013, por el siguiente:
Art. 23.- Cuadro de rangos de valoración de puestos
del nivel jerárquico superior.- Al aplicar la presente
norma, se tomará en cuenta el siguiente cuadro de
rangos de valoración de puestos del Nivel Jerárquico
Superior:
Grado
NJS Denominación del Puesto
Rango de
Valoración
(Puntos)
10 Presidente de la República 5352
9Vicepresidente de la
República 3720
8Secretarios Nacionales
Transversales De 3719 a 2676
8 Ministros Coordinadores A De 2675 a 2584
8 Ministros Coordinadores B De 2583 a 2249
8 Ministros Sectoriales A De 2248 a 1960
8 Ministros Sectoriales B De 1959 a 1708
8 Ministros Sectoriales C De 1707 a 1486
8 Ministros Sectoriales D De 1485 a 1373
7 Viceministros A De 1372 a 1193
7 Viceministros B De 1192 a 1041
7 Viceministros C De 1040 a 840
6 Subsecretarios De 839 a 733
5 Coordinadores Generales De 732 a 517
4Coordinadores/Directores
Nacionales De 516 a 450
3Directores Agregadores de
Valor De 449 a 433
2 Directores Técnicos De 432 a 367
1 Coordinadores de Despacho De 0 a 366
Artículo Final.- El presente Acuerdo entrará en vigencia
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a los 21 de noviembre de 2018.
f.) Abg. Raúl Clemente Ledesma Huerta, Ministro del
Trabajo.
Nro. 08-GADMCS-2018
EL CONCEJO MUNICIPAL
DEL CANTÓN SANTIAGO
Considerando:
el artículo 66 numeral 26 reconoce y garantizará a las
personas el derecho a la propiedad en todas sus formas,
con función y responsabilidad social y ambiental. El
derecho al acceso a la propiedad se hará efectivo con la
adopción de políticas públicas, entre otras medidas;
en el artículo 226 que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sea atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el
goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución;
manifiesta en el artículo 321: “El Estado reconoce
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