082 Declárese como emblemático al Proyecto “Fortalecimiento, Ampliación e Innovación de los Servicios de Desarrollo Infantil, Estrategia Nacional Misión Ternura”

Fecha de publicación16 Abril 2019
Número de Gaceta469
Martes 16 de abril de 2019 – 17Registro Of‌i cial Nº 469
Artículo 5.- Modif‌i car al Catálogo General de Cuentas Contables, las siguientes cuentas contables:
DICE:
CÓDIGO CUENTAS
ASOCIACIÓN
PRESUPUESTARIA
DÉBITOS CRÉDITOS
123.01.16 Recuperación de Préstamos Quirografarios y Especiales 87.02.16 27.02.16
123.01.17 Recuperación de Préstamos Hipotecarios y cartera de Instituciones Financieras 87.02.17 27.02.17
611.51 (-) Regularización del Patrimonio
635.04.19 Devolución de Multas y Otros 57.02.19
DEBE DECIR:
CÓDIGO CUENTAS
ASOCIACIÓN
PRESUPUESTARIA
DÉBITOS CRÉDITOS
123.01.16 Recuperación de Préstamos Quirografarios y Especiales 27.02.16
123.01.17 Recuperación de Préstamos Hipotecarios y cartera de Instituciones Financieras 27.02.17
611.51 Regularización del Patrimonio
635.04.19 Devolución de Multas e Intereses 57.02.19
Artículo 6.- Eliminar del Catálogo General de Cuentas Contables, las siguientes cuentas:
CÓDIGO DESCRIPCIÓN
ASOCIACIÓN PRESUPUESTARIA
DÉBITOS CRÉDITOS
225
Créditos Diferidos
Comprende las cuentas que registran y controlan los ingresos que por sus características, se devengan en el tiempo; así como las
estimaciones de obligaciones a cumplir en períodos posteriores.
225.98 Provisión de Pasivos
225.98.01 Provisión de Pasivos para Combustibles 53.08.50
Disposición única.–El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2019.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 28 de marzo de 2019.
f.) Mgs. Fabián Carrillo Jaramillo, Viceministro de Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.- Certif‌i co f‌i el copia del documento original que reposa en la Dirección de
Certif‌i cación y Documentación.- Fecha: 01 de abril de 2019.- f.) Director de Certif‌i cación y Documentación, Ministerio de
Economía y Finanzas.- 10 fojas.
No. 082
Lourdes Berenice Cordero Molina
MINISTRA DE INCLUSIÓN
ECONÓMICA Y SOCIAL
Considerando:
en el Registro Of‌i cial No. 449 del 20 de octubre de 2008,
establece en su artículo 82 que la seguridad jurídica se
fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia
de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por
las autoridades competentes;
Que, el artículo 83 ibídem, prescribe que son deberes de
las ecuatorianas y los ecuatorianos, acatar y cumplir la
Constitución, la ley y las decisiones legitimas de autoridad
competente;
Que, el numeral 2 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, prescribe que las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
del Ecuador establece que el sector público comprende:
los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva,
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