Resoluciones. 083-2018 Declárese de Conservación “Maestros del Camino”, domiciliada en el cantón y provincia de Loja

Número de Boletín353
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
26 – Martes 23 de octubre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 353
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Guayaquil, a los veinte días de
septiembre del 2018.
f.) Mgs. Juan Carlos Galarza Oleas, Director Ejecutivo,
Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia
Sanitaria-ARCSA.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
No. 083-2018
SUBSECRETARIO ZONAL 7
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 416, de fecha 16
de mayo de 2018, el Licenciado Lenin Moreno Garcés,
Presidente de la República del Ecuador, encarga el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas al señor Boris
Palacios Vásquez;
Ecuador, determina que además de las atribuciones de
las Ministras y Ministros de Estado, están las de ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que, los numerales 13 y 17 del Art. 66 de la Constitución
de la República del Ecuador consagra, “… el derecho
a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria”
Que, el Título XXX, Libro I del Código Civil vigente,
faculta la concesión de personería jurídica a corporaciones
y fundaciones, como organizaciones de derecho privado,
con f‌i nalidad social y sin f‌i nes de lucro;
Ciudadana se propicia, fomenta y garantiza el ejercicio
de los derechos de participación de las ciudadanas y
ciudadanos, comunidades y pueblos indígenas, montubios
y afroecuatorianos y demás formas de ASOCIACIÓN
lícita, con el propósito de fortalecer el poder ciudadano y
sentar las bases para el funcionamiento de la democracia
participativa, así como las iniciativas de rendición de
cuentas y control social;
Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva establece que la
titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a
los órganos administrativos podrán ser desconcentrados
en otros jerárquicamente dependientes de aquellos;
Que, el artículo 1 del Reglamento Para El Otorgamiento
De Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales,
expedido mediante Decreto Ejecutivo Nro. 193, de
fecha 23 de octubre de 2017 y publicado en el Registro
Of‌i cial suplemento 109 de fecha 27 de octubre de 2017,
manif‌i esta que el objeto del presente Reglamento es
regular, simplif‌i car y racionalizar los requisitos para el
otorgamiento de personalidad jurídica a las organizaciones
sociales ciudadanas que voluntariamente lo soliciten, por
parte de las instituciones competentes del Estado;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 0059 de fecha
17 de julio de 2015, (Estatuto Orgánico por Procesos del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas) en su numeral
3.5, Procesos Desconcentrados.- 3.5.1 Subsecretaría
Zonal.- 3.5.1.1. Proceso Gobernante, numeral 9, está la
de aprobar la conformación y otorgar personería jurídica
de las organizaciones y asociaciones de conservación
vial, con plena observancia de las normas legales y
reglamentarias vigentes (microempresas) de los diferentes
modos de transporte; en concordancia con el Art. 6 del
Acuerdo Ministerial Nro. 007-2016, de fecha 17 de
febrero de 2016.
Que, el artículo 1 Y 2 del Reglamento para el Otorgamiento
de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales,
expedido mediante Decreto Ejecutivo Nro. 193, Registro
Of‌i cial Suplemento 109, de fecha 27 de octubre de
2017, manif‌i esta que el objetivo es regular, simplif‌i car
y racionalizar pos requisitos para el otorgamiento de
personalidad jurídica a las organizaciones sociales
ciudadanas que voluntariamente lo soliciten, así mismo rige
para las organizaciones sociales y demás ciudadanos con
personalidad jurídica que, en uso del derecho a la libertad
de asociación y reunión participan voluntariamente en las
diversas manifestaciones y formas de organización de la
sociedad…..;
Que, En el Capítulo II del Reglamento para el Otorgamiento
de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales,
Art. 12 y 13, establece los Requisitos para la aprobación de
los Estatutos y Otorgamiento de la Personalidad Jurídica
de las organizaciones en formación.
Que, mediante Resolución No. 067-2017, de fecha 10 de
julio de 2018, se concedió personería Jurídica propia de
derecho privado a la ASOCIACIÓN DE CONSERVA-
CIÓN VIAL “MAESTROS DEL CAMINO”, con domicilio
en la parroquia San Pedro de Vilcabamba, cantón Loja,
provincia de Loja, Republica del Ecuador, dirección junto
a las canchas de uso múltiple de la parroquia, teléfono
0994747811, correo electrónico, luisenrique3084gmail.
com.
Que, de conformidad con el Art. 20 del Reglamento
para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las
Organizaciones Sociales, expedido mediante Decreto
Ejecutivo Nro. 193, Registro Of‌i cial Suplemento
109, de fecha 27 de octubre de 2017, con respecto a la
Disolución Voluntaria, Las Organizaciones, sujetas a este
Reglamento, podrán ser disueltas y liquidadas por voluntad
de sus socios, mediante resolución en Asamblea General,
convocada expresamente para el efecto y con el voto de
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