Acuerdo 084 Apruébese Estatuto Fundación TOISÁN”, domiciliada cantón Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín320
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Ambiente
Miércoles 5 de septiembre de 2018 – 15Registro Of‌i cial Nº 320
2017, y en base a la delegación otorgada mediante Acuerdo
Ministerial N° 250 de fecha 30 de diciembre del 2010,
publicado en el Registro Of‌i cial N° 394 del 28 de febrero
del 2011;
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Fundación PAISAJES
SOSTENIBLES, domiciliada en el Cantón Quito, Provincia
de Pichincha, Av. Amazonas N° 35-55, Edif‌i cio Antisana 1,
of‌i cina 1002.
Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las
siguientes personas:
MIEMBROS FUNDADORES
1.- Ana Cecilia Coral López C.C. 1307991966
2.- Max Rodrigo Lascano Vega C.C. 1712513603
3.- José Fernando Galindo Zapata C.C. 1708213648
4.- Jorge Renato Aguilar Muñoz
Rodríguez C.C. 1700366675)
C.C. 1715728091
(Apoderado: Pablo
Jorge Aguilar
5.- Carla Ximena Cárdenas Monroy
Terán C.C. 1709240731)
C.C.1002357653
(Apoderada: Yadira
Paulina Baca
Art. 3.- Disponer que la Fundación PAISAJES
SOSTENIBLES, ponga en conocimiento del Ministerio del
Ambiente, la nómina de la directiva, según lo establecido en
el artículo 16 del Decreto Ejecutivo No. 193, publicado en
el Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 del 27 de octubre
de 2017.
Art. 4.- La Coordinación General Jurídica de este
Ministerio, inscribirá en el Registro General de
Fundaciones y Corporaciones, a la Fundación PAISAJES
SOSTENIBLES.
Art. 5.- La Coordinación General Jurídica de este
Ministerio notif‌i cará con una copia del presente acuerdo
a los interesados, conforme a lo dispuesto en los
artículos 126 y 127 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva. La organización
social se someterá a la evaluación y control del Ministerio
del Ambiente.
Art. 6.- El presente Acuerdo tendrá vigencia a partir de la
suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, 20 de julio de 2018.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
f.) Ab. Silvia Carolina Vásquez Villarreal, Coordinadora
General Jurídica, Delegada del Ministro del Ambiente.
No. 084
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
artículo 66 numeral 13 reconoce y garantiza a las personas
el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma
libre y voluntaria;
Que, el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que son deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos
respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo
racional, sustentable y sostenible;
Ciudadana, señala “las organizaciones sociales que
desearen tener personalidad jurídica deberán remitirla a
las diferentes instancias públicas que correspondan a su
ámbito de acción y actualizarán sus datos conforme a sus
estatutos. El registro de las organizaciones sociales se
hará bajo el respeto a los principios de libre asociación y
autodeterminación”;
Que, a través del Decreto Ejecutivo Nº 339, publicado en
el Registro Of‌i cial Nº 77 del 30 de noviembre de 1998,
el Presidente de la República, delegó a cada Ministro
de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de
su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las
Organizaciones Sociales pertinentes;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, faculta a los
Ministros de Estado para el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización
alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales;
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización, establece lo
siguiente: “Cuando la importancia económica o geográf‌i ca
de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los
máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán
acuerdos, resoluciones u of‌i cios que sean necesarios
para delegar sus atribuciones. En estos documentos se
establecerá el ámbito geográf‌i co o institucional en el cual
los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones.
Podrán, asimismo, delegar sus atribuciones a servidores
públicos de otras instituciones estatales, cumpliendo
el deber constitucional de coordinar actividades por la
consecución del bien común”.
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30
de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial N°
394 del 28 de febrero del 2011, la Ministra del Ambiente,
facultó al Coordinador General de Asesoría Jurídica varias
de sus funciones, entre las que consta en el artículo 1, literal
d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones
y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia
de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual
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