087 “fundación Ecuador Ecológico Siglo Xxi”

Fecha de disposición24 Mayo 2017
Fecha de publicación24 Mayo 2017
Número de Gaceta1011
24 – Miércoles 24 de marzo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 1011
Art. 5.- El presente Resolución tendrá vigencia a partir
de la suscripción sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial
Dado en Quito, 18 de abril de 2017.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
f.) Dr. Jaime Piedra Maridueña, Coordinador General
Jurídico, Delegado del Ministro del Ambiente.
No. 087
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, a través del Decreto Ejecutivo No. 339, publicado en
el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de noviembre de 1998,
el Presidente de la República, delegó a cada Ministerio
de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de
su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las
organizaciones pertinentes;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30
de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial No.
394 del 28 de febrero de 2011, la Ministra del Ambiente,
facultó al Coordinador General Jurídico varias funciones,
entre las que consta en el Art. 1, literal e); “Registrar en los
archivos de fundaciones del Ministerio del Ambiente, las
fundaciones que pertenezcan a otras Carteras de Estado, y
que de manera fundamentada hayan solicitado su traspaso
al Ministerio del Ambiente;
Que, el Director de Organizaciones Sociales del Ministerio
de Inclusión Económica y Social, Abogado Gabriel
Fernando Rivadeneira Revelo, mediante of‌i cio No. MIES-
CGAJ-DOS-2017-0005-O de fecha 13 de enero de 2017,
procedió a transferir el expediente de la “Fundación
Ecuador Ecológico Siglo XXI” por ser competencia del
Ministerio del Ambiente.
Que, esta Coordinación General Jurídica, solicitó a
la Dirección Nacional de Biodiversidad mediante
memorando No. MAE-CGJ-2017-0142-M de fecha 06 de
febrero de 2017, con el f‌i n de que emita el informe técnico
respecto sobre los f‌i nes y objetivos de la “Fundación
Ecuador Ecológico Siglo XXI”, unidad administrativa
que, con memorando No. MAE-DNB-2017-0353-M de
fecha 01 de marzo de 2017, concluyó que los objetivos y
f‌i nes se articulan con las competencias del Ministerio del
Ambiente siempre y cuando se tome en consideración el
análisis técnico respectivo.
Que, en uso de las atribuciones establecidas en el Art.
Ecuador, el Decreto Ejecutivo No. 739 publicado en el
Registro Of‌i cial No. 570 del 21 de agosto de 2015; y en
base a la delegación otorgada al Coordinador General
Jurídico, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha
30 de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial
No. 394 del 28 de febrero de 2011.
Resuelve:
Art. 1.- Registrar en esta Cartera de Estado a la
“Fundación Ecuador Ecológico Siglo XXI”, la misma que
fue aprobada por la Subsecretaria de Bienestar Social del
Litoral, mediante Acuerdo Ministerial No. 2564 de fecha
10 de junio de 1997.
Art. 2.- Disponer de forma inmediata la reforma al estatuto
de la organización acogiendo las observaciones de la
Dirección Nacional de Biodiversidad de esta Cartera de
Estado en cumplimiento con lo establecido en el Decreto
Ejecutivo No. 739, publicado en el Registro Of‌i cial No.
570 de fecha 21 de agosto de 2015.
Art. 3.- Disponer se realicen las gestiones necesarias para
el registro de la nueva Directiva de la organización, en
cumplimiento con lo establecido en el Decreto Ejecutivo
No. 739 publicado en el Registro Of‌i cial No. 570 de fecha
21 de agosto de 2015.
Art. 4.- Notif‌i car a los interesados con una copia de esta
Resolución, conforme a lo dispuesto por los artículos 126
y 127 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva.
Art. 5.- El presente Resolución tendrá vigencia a partir
de la suscripción sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, 18 de abril de 2017
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
f.) Dr. Jaime Piedra Maridueña, Coordinador General
Jurídico, Delegado del Ministro del Ambiente.
No. 088
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, a través del Decreto Ejecutivo No. 339, publicado en
el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de noviembre de 1998,
el Presidente de la República, delegó a cada Ministerio
de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de
su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las
organizaciones pertinentes;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30
de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial No.
394 del 28 de febrero de 2011, la Ministra del Ambiente,

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