Resoluciones. 090-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2019 Autorícese el viaje al exterior y concédese la comisión de servicios con remuneración, al servidor público Lic. Vicente Andrés Taiano González, Director General

Número de Boletín79
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación
Miércoles 13 de noviembre de 2019 – 31Registro Of‌i cial Nº 79
Artículo 2.- Disponer a la Dirección Administrativa
realizar la publicación inmediata de la Décima Tercera
Reforma al Plan Anual de Contrataciones (PAC), en el
portal de compras públicas, www.compraspublicas.gob.ec,
correspondiente a la Dirección General de Registro Civil,
Identif‌i cación y Cedulación, para el ejercicio económico
f‌i scal 2019, de acuerdo a los lineamientos y formatos
publicados por el ente regulador (Servicio Nacional de
Contratación Pública – SERCOP).
Artículo 3.- Disponer a las diferentes unidades
administrativas de la Dirección General de Registro Civil,
Identif‌i cación y Cedulación, la cabal ejecución de las
reformas al Plan Anual de Contrataciones (PAC 2019)
aprobado mediante la presente Resolución.
Artículo 4.- Del seguimiento de la ejecución de esta
Resolución encárguese a la Dirección Administrativa
y la Coordinación General de Planif‌i cación y Gestión
Estratégica, la misma que entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Artículo 5.- Notifíquese, por intermedio de la Unidad de
Gestión de Secretaría, a las áreas administrativas previstas
en el artículo 4 de este Instrumento, a la Subdirección
General y Coordinaciones Generales.
Dado y f‌i rmado en el Distrito Metropolitano de la ciudad
de San Francisco de Quito, a los veintiún (21) días del mes
de octubre de 2019.
f.) Lcdo. Vicente Andrés Taiano González, Director
General de la Dirección General de Registro Civil,
Identif‌i cación y Cedulación.
REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y
CEDULACIÓN.- Certif‌i co que es f‌i el copia del original.-
f.) Ilegible, Coordinadora de la Unidad de Secretaría.- 22 de
octubre de 2019.- 3 hojas.
No. 090-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2019
Lic. Vicente Andrés Taiano González
DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO CIVIL,
IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
Considerando:
artículo 226, establece: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público,
determina: “Son servidoras o servidores públicos todas
las personas que en cualquier forma o a cualquier título
trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o
dignidad dentro del sector público.”;
Que, el inciso cuarto del artículo 30 de la Ley Orgánica
del Servicio Público, dispone: “Para efectuar reuniones,
conferencias, pasantías y visitas de observación en el
exterior o en el país, que benef‌i cien a la Administración
Pública, se concederá comisión de servicios hasta por
dos años, previo dictamen favorable de la unidad de
administración del talento humano, siempre que la
servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio
en la institución donde trabaja.”;
Que, el artículo 50 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Servicio Público, menciona: “Las servidores
o servidoras públicos podrán ser declarados en comisión
de servicios con remuneración para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias,
pasantías y visitas de observación, comprendiendo las
establecidas en virtud de convenios internacionales y
similares, que benef‌i cien a la administración pública, en
el país o en el exterior, hasta por un plazo de dos años,
previas las autorizaciones correspondientes.”;
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Servicio Público, señala: “De la capacitación
y actualización de conocimientos de la o el servidor
público para el cumplimiento de servicios institucionales.-
Cuando una servidora o servidor de libre nombramiento
o remoción se desplace a cumplir tareas of‌i ciales de
capacitación y/o actualización de conocimientos en
reuniones, conferencias o visitas de observación dentro
o fuera del país, se le concederá comisión de servicios
con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias,
gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que
dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el
retorno.”;
Que, mediante el Reglamento de Viáticos para Servidores
Públicos al Exterior, publicado en el Registro Of‌i cial
Suplemento N° 392 de fecha 24 de febrero de 2011; se
establece, la base normativa, técnica y procedimental que
permita a las instituciones, organismos, dependencias y
entidades del Estado, de conformidad con lo señalado en la
Constitución de la República y la ley, viabilizar el cálculo
y pago de viáticos cuando las servidoras, servidores,
obreras y obreros del sector público se desplacen a cumplir
tareas of‌i ciales o servicios institucionales derivados de las
funciones de su puesto, en el exterior;
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