Acuerdo 094 Refórmense las Normas de comportamiento ético del personal perteneciente al Ministerio de Defensa Nacional y Fuerzas Armadas
Fecha de publicación | 05 Abril 2023 |
Número de Gaceta | 284 |
Tercer Suplemento Nº 284 - Registro Ocial
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Miércoles 5 de abril de 2023
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ACUERDO MINISTERIAL N°
Luis Eduardo Lara Jaramillo
General de División (S.P.)
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
CONSIDERANDO
Que la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 3 establece los deberes
primordiales del Estado, entre ellos: “4. Garantizar la ética laica como sustento del
quehacer público y el ordenamiento jurídico “8. Garantizar a sus habitantes el derecho
a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática
ylibre de corrupción”;
Que el artículo 83 ibídem, señala las responsabilidades de las ecuatorianas y
ecuatorianos como son administrar honradamente y con apegoirrestricto a la ley, el
patrimonio público y denunciar la corrupción; asimismo, indica que el asumir funciones
públicas consiste en un servicio a la colectividad, siendo un deber ciudadano el
participar en la vida política y cívica de manera honesta y transparente;
Que el artículo 227 ibídem determina que la administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación;
Que el artículo 22 de la Ley Orgánica del Servicio Público, determina dentro de los
deberes de las o los servidores públicos, entre otros: “a) Respetar, cumplir y hacer
cumplir la Constitución de la República, leyes, reglamentos y más disposiciones
expedidas de acuerdo con la Ley;” así como también,“h) Ejercer sus funciones con
lealtad institucional, rectitud y buena fe. Sus actos deberán ajustarse a los objetivos
propios de la institución en la que se desempeñe y administrar los recursos públicos con
apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas
de su gestión”;
Que el artículo 4 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, establece: “Los órganos y entidades que comprenden la Función Ejecutiva
deberán servir al interés general de la sociedad y someterán sus actuaciones a los
principios de legalidad, jerarquía, tutela, cooperación y coordinación”;
Que el Presidente de la República del Ecuador, en ejercicio de sus funciones
conferidas por la Constitución de la República, mediante Decreto Ejecutivo Nº 4 de 24
de mayo de 2021, expidió “LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO ÉTICO
GUBERNAMENTAL”;
Que Acuerdo Ministerial Nº 300 de 13 de julio de 2022, publicado en Orden General
Ministerial Nº 109 de 13 de julio de 2022 expidió "NORMAS DE
COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL PERSONAL PERTENECIENTE AL MINISTERIO
DE DEFENSA NACIONAL Y FUERZAS ARMADAS", que tiene como objeto
establecer las normas de comportamiento ético a las que se someten los servidores y
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