Acuerdos. 101 “galápagos Foundation”, Con Domicilio En El Cantón San Cristóbal, Provincia De Galápagos

Número de Boletín126
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Ambiente
4 – Jueves 23 de noviembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 126
127 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva. La organización social se someterá a
la evaluación y control del Ministerio del Ambiente.
Art. 6.- El presente Acuerdo tendrá vigencia a partir de la
suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, 18 de octubre de 2017.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
f.) Ab. Silvia Carolina Vasquez Villarreal, Coordinadora
General Jurídica, Delegada del Ministro del Ambiente.
MINISTERIO DEL AMBIENTE
No. 101
Abg. Silvia Carolina Vásquez Villarreal
COORDINACIÓN GENERAL JURÍDICA
Considerando:
artículo 66 numeral 13 reconoce y garantiza a las personas
el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma
libre y voluntaria;
Que, el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que son deberes y
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos
respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo
racional, sustentable y sostenible;
Que, el artículo 36 de la Ley Orgánica de Participación
Ciudadana, señala “las organizaciones sociales que
desearen tener personalidad jurídica deberán remitirla
en las diferentes instancias públicas que correspondan a
su ámbito de acción y actualizarán sus datos conforme a
sus estatutos. El registro de las organizaciones sociales se
hará bajo el respeto a los principios de libre asociación y
autodeterminación”;
Que, a través del Decreto Ejecutivo Nº 339, publicado en
el Registro Of‌i cial Nº 77 del 30 de noviembre de 1998,
el Presidente de la República, delegó a cada Ministro
de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de
su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las
Organizaciones Sociales pertinentes;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, faculta a los
Ministros de Estado para el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización
alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales;
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización, establece lo
siguiente: “Cuando la importancia económica o geográf‌i ca
de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los
máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán
acuerdos, resoluciones u of‌i cios que sean necesarios
para delegar sus atribuciones. En estos documentos se
establecerá el ámbito geográf‌i co o institucional en el cual
los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones.
Podrán, asimismo, delegar sus atribuciones a servidores
públicos de otras instituciones estatales, cumpliendo
el deber constitucional de coordinar actividades por la
consecución del bien común”.
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, en su artículo 55, establece que
son delegables las atribuciones propias de las autoridades
de la administración pública central e institucional, a las
autoridades u órganos de menor jerarquía;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30
de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial N°
394 del 28 de febrero del 2011, la Ministra del Ambiente,
facultó al Coordinador General de Asesoría Jurídica varias
de sus funciones, entre las que consta en el artículo 1, literal
d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones
y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia
de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual
que disolver, de forma motivada, las corporaciones,
fundaciones y asociaciones conforme a la causales
previstas en el Estatuto Social de cada organización”;
Que, mediante documento de control No. MAE-SG-2017-
9722-E de fecha 29 de agosto de 2017, el Ab. Nicolás
Solines Moreno, presentó la solicitud y documentación
requerida para la aprobación de la personalidad jurídica de
las personas naturales agrupadas bajo la denominación de
“Galapagos Foundation”, domiciliada en la calle Charles
Darwin lote 3, barrio Playa de Oro, ciudad de Puerto
Baquerizo Moreno, cantón San Cristóbal, provincia de
Galápagos;
Que, la Coordinación General Jurídica mediante memo-
rando No. MAE-CGJ-2017-1733-M de fecha 04 de
septiembre de 2017, solicitó a la Dirección Nacional de
Biodiversidad, emitir el informe técnico respecto de los
objetivos y f‌i nes de “Galapagos Foundation”;
Que, la Dirección Nacional de Biodiversidad, mediante
memorando No. MAE-DNB-2017-1750-M de fecha 20 de
septiembre de 2017, emite su informe sin observaciones;
Que, la Coordinación General Jurídica, estableció
observaciones al acta constitutiva y al estatuto de la
organización social, procediendo con la devolución del
expediente mediante of‌i cio No. MAE-CGJ-2017-0661-O
de fecha 25 de septiembre de 2017;
Que, mediante documento de control No. MAE-SG-
2017-11428-E de 06 de octubre de 2017, las personas
naturales agrupadas bajo la denominación de “Galapagos
Foundation”, han insertado las observaciones realizadas
por la Coordinación General Jurídica;
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