Resoluciones. 103-2022 Termínense los encargos vigentes y encárguense las fiscalías provinciales de Imbabura y Napo

Número de Boletín64
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Registro Ocial - Suplemento Nº 64
45
Martes 17 de mayo de 2022
103-2022
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RESOLUCIÓN 103-2022
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial;
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos,
órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura,
funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada
administración de justicia.”;
del Código Orgánico de la Función Judicial, establecen que la Fiscalía General del
Estado es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible, que
funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa,
económica y financiera, al cual le corresponde dirigir y promover, de oficio o a
petición de parte, la investigación pre procesal y procesal penal en casos de acción
penal pública; y, de hallar mérito, acusar a los presuntos infractores ante el juez
competente e impulsar la acusación en la sustanciación del juicio penal;
Que el artículo 46del Código Orgánico de la Función Judicial, preceptúa: (…) En la
Carrera Fiscal las categorías se gradúan en orden ascendente, desde el número
uno hasta el diez. /El ingreso a la carrera fiscal se hará a la categoría uno, de
agente fiscal o fiscal de adolescentes infractores (...).”;
determina que al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: “1. Nombrar
(...) Fiscales Distritales, agentes fiscales (…) 10. Expedir (...) resoluciones de
régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización,
funcionamiento, responsabilidades control y régimen disciplinario; particularmente
para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial; (…)”;
Que el artículo 127 de la Ley Orgánica del Servicio Público, norma subsidiaria al Código
Orgánico de la Función Judicial, establece: “(…) El encargo de un puesto vacante
procede por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente
(…)”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura (periodo 2013-2018), mediante Resolución
375-2015, de 30 de noviembre de 2015, publicada en el Registro Oficial No. 653,
de 21 de diciembre de 2015, resolvió: “APROBAR EL INFORME FINAL PARA LA
PROMOCIÓN DE LAS CATEGORÍAS 2 Y 3 DE LA CARRERA FISCAL DE LOS
AGENTES FISCALES Y FISCALES DE ADOLESCENTES INFRACTORES; Y,
DECLARAR ELEGIBLES A LOS POSTULANTES DE ESTE PROCESO”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante Resolución 050-2019, de 16 de
abril de 2019, publicada en el Registro Oficial No. 480, de 2 de mayo de 2019,
resolvió encargar hasta la designación de sus titulares, las funciones de Fiscales

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