Resoluciones. 104-2019 Apruébese el Estatuto Reformado de la Asociación de Conservación Vial “Virgen de Píndal”

Número de Boletín124
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
16 – Lunes 20 de enero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 124
el Reglamento Para El Otorgamiento De Personalidad
Jurídica A Las Organizaciones Sociales, expedido mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 193, de fecha 23 de octubre de
2017 y publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento 109
de fecha 27 de octubre de 2017, en concordancia con el
Título III del Acuerdo Ministerial Nro. 007-2016, de fecha
17 de febrero de 2016 del Ministerio de transporte y Obras
Públicas, Código Civil y demás Leyes.
Que, mediante Memorando Nro. MTOP-AJSUB7-2019-
0259-M, de fecha 12 de diciembre de 2019, suscrito por
el Dr. Diego Cárdenas Chiriboga, Coordinador Jurídico
Zonal, emite informe favorable para la aprobación
de los estatutos y concesión de personalidad jurídica,
a la ASOCIACIÓN DE CONSERVACION VIAL
OLMEDO”.
En uso de las facultades que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial Nro. 0059 de fecha 17 de julio de 2015,
(Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas) en su numeral 3.5, Procesos
Desconcentrados.- 3.5.1 Subsecretaría Zonal.- 3.5.1.1.
Proceso Gobernante, numeral 9, en concordancia con el
Art. 6 del Acuerdo Ministerial Nro. 007-2016, de fecha 17
de febrero de 2016. (Instructivo para normar los trámites
de las Organizaciones Sociales bajo la competencia del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas).
Resuelve:
Art. 1.- Conceder la personalidad jurídica propia de
derecho privado a la ASOCIACIÓN DE CONSERVACION
VIAL “OLMEDO”, con domicilio en el barrio Jesús del
Gran Poder, de la parroquia Olmedo, cantón Olmedo,
provincia de Loja, calle adre Bernardo Ochoa y vía la
“Y” de Olmedo, a 100 metros del letrero Bienvenidos a
Olmedo, (domicilio del señor Líder Cristopher Córdova
Robles), teléfono 0989159410, lidercris@hotmail.com.
Art. 2.- Aprobar sin modif‌i car el texto del Estatuto
de la ASOCIACIÓN DE CONSERVACION VIAL
OLMEDO” a que se ref‌i ere el artículo precedente.
Art. 3.- Disponer que la ASOCIACIÓN DE
CONSERVACION VIAL “OLMEDO”, una vez adquirida
la personalidad jurídica, elegirán su directiva def‌i nitiva,
la misma que tendrá una duración de DOS AÑOS; y, la
remitirá mediante of‌i cio a conocimiento del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas (Subsecretaria Zonal
7), dentro del plazo de treinta (30) días para el registro
pertinente, adjuntando la documentación establecida
en el Art. 16 del Reglamento Para El Otorgamiento De
Personalidad Jurídica A Las Organizaciones Sociales,
expedido mediante Decreto Ejecutivo Nro. 193, de fecha
23 de octubre de 2017 y publicado en el Registro Of‌i cial
suplemento 109 de fecha 27 de octubre de 2017, en
concordancia con el Art. 14 del Acuerdo Ministerial Nro.
007-2016 de fecha 17 de febrero de 2016 (Instructivo para
Normar los Trámites de las Organizaciones Sociales que
están bajo la competencia del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas), igual procedimiento se observará para
posteriores registros de Directivas.
Art. 4.- Disponer al funcionario encargado del custodio
y archivo de las Organizaciones de Conservación Vial
de la Subsecretaria Zonal 7, registrar en el expediente y
mantenerlo debidamente actualizado.
Art. 5.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
Hágase conocer por escrito a los interesados, y se
proceda a su publicación en el Registro Of‌i cial a
través del funcionario encargado de las organizaciones
de conservación vial de la Subsecretaria Zonal 7.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
Dado en la ciudad de Loja, a los 13 días del mes de
diciembre de 2019.
f.) Ing. Fredy Oswaldo Altamirano Arias, Subsecretaria
Zonal 7.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
No. 104-2019
SUBSECRETARIO ZONAL 7
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 514, de fecha 20
de septiembre de 2018, el Licenciado Lenin Moreno
Garcés, Presidente de la República del Ecuador, designa
al Ing. Jorge Aurelio Hidalgo Zavala como Ministro de
Transporte y Obras Públicas;
Ecuador, determina que además de las atribuciones de
las Ministras y Ministros de Estado, están las de ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que, el numeral 13 y 17 del artículo 66 de la Constitución
de la República del Ecuador consagra”… El derecho
a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria”,
Que, el Título XXX, Libro I del Código Civil vigente,
faculta la concesión de personería jurídica a corporaciones
y fundaciones, como organizaciones de derecho privado,
con f‌i nalidad social y sin f‌i nes de lucro;
Ciudadana se propicia, fomenta y garantiza el ejercicio
de los derechos de participación de la ciudadanas y
ciudadanos, comunidades y pueblos indígenas, montubios

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