Ordenanza Municipal 106-GADMT Cantón Tena: Que expide la primera reforma a la Ordenanza sustitutiva que norma el procedimiento para la entrega de condeco-raciones y reconocimientos

Fecha de publicación21 Abril 2023
Número de Gaceta839
Viernes 21 de abril de 2023 Edición Especial Nº 839 - Registro Ocial
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ORDENANZA 106-GADMT
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Constitución de la República del Ecuador en vigencia desde el año 2008, se
constituye en un instrumento jurídico de derechos y justicia. El artículo 227 de la
Norma Suprema señala que: "La administración pública constituye un servicio a la
colectividad, se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación
transparencia y evaluación".
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tena, exalta los valores de
quienes han prestado servicios relevantes al Cantón, en las diversas áreas del
convivir social, en circunstancias excepcionales; siendo necesario resaltar los
méritos y aportes de instituciones, organizaciones, ilustres ciudadanas y
ciudadanos, nacionales o extranjeros, autoridades nacionales, provinciales y
locales, que han cumplido una noble y destacada labor en pro del desarrollo integral
de la ciudad y cantón Tena; y, son un ejemplo para la presente y futuras
generaciones.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tena, con criterio de equidad
determina que es importante extender el reconocimiento a ciudadanas y
ciudadanos de nuestro cantón, a servidores públicos y a quienes con su aporte y
dedicación dejan en alto el nombre de nuestra ciudad y son un aporte fundamental
para el progreso y desarrollo de la jurisdicción.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE TENA
CONSIDERANDO
Que, el artículo 1,de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: "El
Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza
en forma de república y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía
radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad, y se ejerce a
través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa
previstas en la Constitución";
Que, el artículo 238,de la Constitución de la República del Ecuador señala: "Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad,
subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En
ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados a s juntas parroquiales rurales,
los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y
los consejos regionales";

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