Acuerdos. 107 Expídese el Reglamento de conformación y funcionamiento del Comité de Seguridad de la Información

Número de Boletín480
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE GOBIERNO
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 480
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Jueves 24 de junio de 2021
ACUERDO MINISTERIAL No. 107
José Gabriel Martínez Castro
MINISTRO DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce
y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”
Que el artículo 227 de la norma ibídem determina que: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación”.
Que de conformidad al literal e) del artículo 77 de la Ley orgánica de la contraloría general
del Estado, los Ministros de Estado y las máximas autoridades de las instituciones del
Estado, se encuentran atribuidos para dictar los correspondientes reglamentos y demás
normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de
sus instituciones;
Que el artículo 31 del Código Orgánico Administrativo establece que: Derecho
fundamental a la buena administración pública. Las personas son titulares del derecho a
la buena administración pública, que se concreta en la aplicación de la Constitución, los
instrumentos internacionales, la ley y este código;
Que el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, señala que: “Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos
los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del
Presidente de la República (…)”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 718 de 11 de abril de 2019, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, en su artículo 5 estableció: “Una vez concluido
el proceso de traspaso de atribuciones dispuesto en el presente Decreto, transfórmese al
Ministerio del Interior en “Ministerio de Gobierno”, como entidad de derecho público,
con personalidad jurídica, dotada de autonomía administrativa y financiera, y el titular
del Ministerio del Interior pasará a ser titular del Ministerio de Gobierno.
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 025-2019 de 20 de septiembre de 2019, publicado
en el Registro Oficial Edición Especial No. 228 de 10 de enero de 2020, el Ministro de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, expidió el Esquema
Gubernamental de Seguridad de la Información EGSI, y en su artículo 5, dispone: “La
máxima autoridad designará al interior de su Institución, un Comité de Seguridad de la

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