Resoluciones. 108-2020 Asociación de Conservación Vial “Centinelas del Oriente”, domiciliada en el cantón Chinchipe, provincia de Zamora Chinchipe

Número de Boletín160
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Jueves 12 de marzo de 2020 – 31Registro Of‌i cial Nº 160
6. Factura global de los valores económicos a ser
cancelados del mes correspondiente-
Informe de Pertinencia técnica/médica
La Dirección Técnica de Provisión y Logística recibirá la
documentación para realizar la auditoría de calidad de la
facturación y emitirá el informe de pertinencia técnica que
incluye:
Conf‌i rmación de procuraciones fallidas producidas en el
mes de análisis.
Verif‌i cación de códigos de validación emitidos por
las pruebas realizadas en el mes y que correspondan a
procuraciones fallidas.
Verif‌i cación de resultados de exámenes de las pruebas
realizadas que estén con la información completa y que
correspondan a procuraciones fallidas.
Recomendación y solicitud de pago.
Informe de Pertinencia Administrativa/f‌i nanciera
La Dirección Administrativa Financiera realizará el
control previo al pago de conformidad con las Normas
de Control y demás normativa legal vigente; para lo cual
emitirá su validación con su respectivo check list.
6.4 Pago de pruebas de laboratorio de
histocompatibilidad en procuraciones fallidas
Se pagará de acuerdo a los valores establecidos en el
Tarifario de Prestaciones para el Sistema Nacional de
Salud vigente.
Documentación habilitante para el pago:
1. Of‌i cio de solicitud de pago por parte del prestador del
servicio
2. Planilla de las pruebas de laboratorio de
histocompatibilidad e inmunogenética realizadas.
3. Informe de pertinencia técnico/médica.
4. Resultados de exámenes
5. Códigos de validación
6. Acta entrega recepción
7. Factura original
6.5 Archivo de documentación
La documentación original que respalda el proceso de
pago estará bajo la custodia de la Dirección Administrativa
Financiera.
7. REFERENCIAS
Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos,
Tejidos y Células y su Reglamento General.
INDOT - Norma técnica del Proceso de Procuración
en Donante Cadavérico. Registro Of‌i cial N° 373 de 22
de noviembre de 2018.
Norma Técnica Sustitutiva de Relacionamiento para la
Prestación de Servicios de Salud entre Instituciones de
la Red Pública Integral de Salud y de la Red Privada
complementaria y su reconocimiento económico.
Tarifario de Prestaciones del Sistema Nacional de
Salud vigente
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA.- INSTITUTO
NACIONAL DE DONACIÓN Y TRASPLANTE.-
SECRETARÍA GENERAL.- FIEL COPIA DEL
ORIGINAL.- Nombre: ..... f.) Ilegible.- Fecha: 07 de
enero de 2020.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
No. 108-2020
SUBSECRETARIO ZONAL 7
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 860, de fecha 21
de agosto de 2019, el Licenciado Lenin Moreno Garcés,
Presidente de la República del Ecuador, designa al
Eco. José Gabriel Martínez Castro, como Ministro de
Transporte y Obras Públicas;
Ecuador, determina que además de las atribuciones de
las Ministras y Ministros de Estado, están las de ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que, el numeral 13 y 17 del artículo 66 de la Constitución
de la República del Ecuador consagra”… El derecho
a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria”,
Que, el Título XXX, Libro I del Código Civil vigente,
faculta la concesión de personería jurídica a corporaciones
y fundaciones, como organizaciones de derecho privado,
con f‌i nalidad social y sin f‌i nes de lucro;
Ciudadana se propicia, fomenta y garantiza el ejercicio
de los derechos de participación de las ciudadanas y
ciudadanos, comunidades y pueblos indígenas, montubios
y afroecuatorianos y demás formas de Asociación lícita,
con el propósito de fortalecer el poder ciudadano y
sentar las bases para el funcionamiento de la democracia
participativa, así como las iniciativas de rendición de
cuentas y control social;
Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva establece que la
titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a
los órganos administrativos podrán ser desconcentrados
en otros jerárquicamente dependientes de aquellos;

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