11-21-IS/21 En el Caso No. 11-21-IS Acéptese parcialmente la acción de incumplimiento No. 11-21-IS

Fecha de publicación25 Enero 2022
Número de Gaceta267
Martes 25 de enero de 2022 Edición Constitucional Nº 267 - Registro Ocial
128
Sentencia No. 11-21-IS/21
Juez ponente: Hernán Salgado Pesantes
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 08 de diciembre de 2021
CASO No. 11-21-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema: En esta decisión, la Corte Constitucional examina el cumplimiento de la
sentencia expedida por el Tribunal de Garantías Penales con sede en la parroquia
Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito el 23 de noviembre de 2020, que resolvió
la acción de acceso a la información pública presentada por la Defensoría del Pueblo
respecto a los carnés de discapacidad. Una vez efectuado el análisis correspondiente,
acepta parcialmente la acción de incumplimiento.
I. Antecedentes procesales
1.1. Acción de acceso a la información pública No. 17250-2020-00106
1. El 23 de octubre de 2020, Marianela Maldonado López, en su calidad de Coordinadora
General de Prevención y Promoción de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo
(en adelante “Defensoría del Pueblo”), presentó una acción de acceso a la información
pública en contra de Juan Carlos Cevallos López, en su calidad de Ministro de
Salud Pública (en adelante “Ministerio de Salud” o “Ministerio”) solicitando la
documentación relacionada con la emisión de carnés de discapacidad conforme el
Oficio No. DPE-DDP-2020-0417-0 de 14 de septiembre de 2020. El caso fue signado
con el No. 17250-2020-00106.
2. El 27 de octubre de 2020, el Tribunal de Garantías Penales con sede en la parroquia
Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito (en adelante “Tribunal” o “autoridad
jurisdiccional”) avocó conocimiento de la causa No. 17250-2020-00106 y convocó a
audiencia.
3. El 12 de noviembre de 2020 se llevó a cabo la audiencia pública en donde se escuchó a
las partes y se dio a conocer la decisión de forma oral. El 23 de noviembre de 2020,
el Tribunal emitió su sentencia por escrito aceptando la acción de acceso a la
información pública y disponiendo que el Ministerio de Salud entregue la información
y documentación solicitada en el Oficio No. DPE-DDP-2020-0417-0 de 14 de
septiembre de 2020
1
.
1 El 3 de diciembre de 2020, la secretar ia del Tribunal de Garantías Penales con sede en la parroquia
Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito sentó razón de no haberse interpuesto recurso alguno en
contra de la decisión emitida por escrito el 23 de noviembre de 2020, razón por la cual se encuentra
ejecutoriada.
Martes 25 de enero de 2022Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 267
129
Sentencia No. 11-21-IS/21
Juez ponente: Hernán Salgado Pesantes
2
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
4. En la fase de ejecución de la sentencia, el 1 de diciembre de 2020 el Ministerio de Salud
presentó la documentación e información (en adelante “primera entrega”) para el
cumplimiento de la decisión de 23 de noviembre de 2020, frente a lo cual la Defensoría
del Pueblo solicitó que se entregue la información completa. Por segunda ocasión, el 26
de enero de 2021 el Ministerio de Salud presentó nueva documentación (en adelante
segunda entrega”).
5. El 27 de enero de 2021, Freddy Carrión Intriago y Stalin Basantes Moreno, en sus
calidades de Defensor del Pueblo y Director Nacional del Mecanismo para Monitoreo
de los Derechos de las Personas con Discapacidad, presentaron una acción de
incumplimiento de la sentencia emitida el 23 de noviembre de 2020 ante el Tribunal.
6. El 1 de febrero de 2021, el Tribunal incorporó al proceso el escrito y los anexos
presentados por el Ministerio de Salud y dispuso que la Defensoría del Pueblo revise el
expediente. Además, respecto de la acción de incumplimiento presentada corrió traslado
a las partes para que se pronuncien al respecto.
7. Posteriormente, el 9 de febrero de 2021, el Ministerio de Salud presentó por tercera
ocasión información (en adelante “tercera entrega”) y el 17 de febrero incorporó un
alcance en virtud de la disposición contenida en providencia del 11 de febrero de 2021
emitida por la autoridad jurisdiccional.
8. Sobre la segunda entrega, el 12 de febrero de 2021, la Defensoría del Pueblo entregó
sus observaciones. Al respecto, en providencia de 22 de febrero de 2021, el Tribunal
dispuso a los funcionarios encargados que, previo a declarar el incumplimiento de la
sentencia, que completen la información requerida en el término de 72 horas caso
contrario dispóngase se oficie a las autoridad nominadora (sic) para la imposición de
las sanciones establecidas en la norma antes prevista”. En relación con dicha
disposición, el 24 de febrero de 2021, el Ministerio de Salud indicó que se entregó la
información requerida y que se señalen las observaciones realizadas sobre la segunda
entrega de información.
9. Sobre la tercera entrega, el 25 de febrero de 2021, la Defensoría del Pueblo indicó que
“las inconsistencias y observaciones realizadas a la información entregada, aún
persisten y la información entregada es incompleta, insuficiente o inconsistente” (fs.
365).
10. El 5 de marzo de 2021, el Tribunal declaró el incumplimiento parcial en la entrega de
la documentación, con lo que dispuso remitir el expediente a la Corte Constitucional
para que conozca y sustancie la acción de incumplimiento.
1.2. Acción de incumplimiento No. 11-21-IS
11. El 22 de febrero de 2021, Freddy Carrión Intriago, Marianela Maldonado López y
Harold Burbano, en sus calidades de Defensor del Pueblo, Coordinadora General de
Prevención y Promoción de Derechos Humanos y Coordinador General de Protección

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR