Dictámenes y sentencias. 1115-17-EP/21 En el Caso No. 1115-17-EP Desestímense las pretensiones de la demanda de acción extraordinaria de protección identificada con el No. 1115-17-EP.

Número de Boletín226
SecciónDictámenes y sentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 20 de octubre de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 226
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Sentencia No. 1115-17-EP/21
Juez ponente: Alí Lozada Prado
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M. 25 de agosto de 2021
CASO No. 1115-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema: La Corte Constitucional desestima que un auto de inadmisión de un recurso de
casación en un proceso contencioso tributario haya vulnerado el derecho al debido
proceso en la garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador. Para tal efecto, se verifica que el auto impugnado se
limitó a examinar los requisitos de admisibilidad del recurso y que no es posible subsanar
la falta de requisitos aplicando el principio iura novit curia.
I.Antecedentes
A. Actuaciones procesales
1. El 20 de mayo de 2016, la compañía JIN PENG S.A. presentó una demanda
contencioso tributaria en contra del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (también,
“SENAE”) impugnando la resolución N.° SENAE-DNJ-2016-0101-RE, emitida el 28 de
abril de 2016, mediante la cual se negó el reclamo administrativo contra la rectificación
de tributos N.
o
JRP1-2015-0345-D001, de 11 de enero de 2016, en la que se le había
impuesto el pago de USD 58.305,25.
2. El 17 de febrero de 2017, dentro del proceso el N.
o
09501-2016-00232, el Tribunal
Distrital de lo Contencioso Tributario con sede en Guayaquil emitió sentencia en la que
declaró con lugar la demanda y dejó sin efecto la resolución impugnada.
3. El 14 de marzo de 2017, el SENAE dedujo recurso de casación. El 13 de abril de 2017,
la correspondiente conjueza de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario de la
Corte Nacional inadmitió el recurso de casación.
4. El 11 de mayo de 2017, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador presentó demanda
de acción extraordinaria de protección en contra del auto que inadmitió a trámite su
recurso de casación.
5. La Sala de Admisión de la Corte Constitucional, en auto de 19 de junio de 2017,
admitió a trámite la demanda.
6. Una vez posesionados los actuales integrantes de la Corte Constitucional, el 12 de
noviembre de 2019, se llevó a cabo un nuevo sorteo de la causa, correspondiendo la
sustanciación de la misma al juez constitucional Alí Lozada Prado, quien, el 8 de abril de

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