Resoluciones. 118-2019 Deróguese la Resolución 062-2017 de 3 de mayo de 2017, mediante la cual se expidió el Instructivo para la selección de secretarios de juzgados y unidades judiciales, secretarios relatores de cortes provinciales y ayudantes judiciales a nivel nacional para ocupar vacantes con nombramiento provisional o contrato de servicios ocasionales

Número de Boletín15
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Lunes 12 de agosto de 2019 – 47Registro Of‌i cial Nº 15
presentar una solicitud acumulada por cada etapa
f‌i nalizada de cada proyecto o por toda la realización de
cada obra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
4 de la presente resolución y de acuerdo al formato
publicado en el portal web del Servicio de Rentas Internas
www.sri.gob.ec.
Artículo 9.- De la resolución y devolución.- El Servicio
de Rentas Internas se pronunciará mediante acto
administrativo respecto de la solicitud para la devolución
del IVA. La erogación de los valores objeto de devolución,
de ser el caso, se efectuará por medio de la emisión de la
respectiva nota de crédito desmaterializada o acreditación
en cuenta.
El valor devuelto deberá ser registrado en su contabilidad
y en la declaración del IVA correspondiente al período
f‌i scal (mm/aaaa) siguiente a aquel en el cual se notif‌i
el acto administrativo a efecto de darse de baja el crédito
tributario correspondiente.
Artículo 10.- Conservación de documentos.- Todos los
documentos que demuestren el derecho de la sociedad
para solicitar la devolución del IVA conforme el presente
acto normativo, deberán conservarse por un plazo de siete
años desde la fecha de emisión.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- De manera general, los documentos
requeridos en la presente Resolución podrán presentarse
en medio digital, de conformidad con lo establecido
en la Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000152,
publicada en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 733,
del 14 de abril de 2016, a través del uso de dispositivos
de almacenamiento de información (CD, DVD, no
regrabables, memorias extraíbles o discos externos), en
formato PDF / Excel / Open Off‌i ce.
A efectos de la presentación de la información en medio
digital, se deberá entregar la “Carta de certif‌i cación
y responsabilidad de la información para el ingreso de
documentación digital”, cuyo formato se encuentra
disponible en el portal web del Servicio de Rentas Internas
(www.sri.gob.ec). Dicha carta deberá estar suscrita por
el sujeto pasivo, su representante legal o apoderado; y,
deberá contar con un código de identif‌i cación.
SEGUNDA.- La documentación que se presentare de
forma impresa o física deberá estar certif‌i cada por el
contador, representante legal o apoderado, de ser el caso,
e incluirá la siguiente frase: “La presente información
constituye f‌i el copia de la original que reposa en los
registros contables y no presenta error ni omisión alguna”.
TERCERA.- La Administración Tributaria podrá realizar
inspecciones documentales y/o solicitar la documentación
original de sustento de la devolución, en caso de
considerarlo necesario.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese
Dado en Quito D. M., a 23 de julio de 2019.
Dictó y f‌i rmó la Resolución que antecede, la Economista
Marisol Andrade Hernández, Directora General del
Servicio de Rentas Internas, en Quito D. M., a 23 de julio
de 2019.
Lo certif‌i co.
f.) Dra. Alba Molina P., Secretaria General del Servicio de
Rentas Internas.
No. 118-2019
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, dispone: “Para el ingreso a la Función
Judicial se observarán los criterios de igualdad, equidad,
probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y
participación ciudadana”;
Ecuador, preceptúa: “La Función Judicial se compone
de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos,
órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley
determinará su estructura, funciones, atribuciones,
competencias y todo lo necesario para la adecuada
administración de justicia.”;
del Ecuador, manda: “El Consejo de la Judicatura es
el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial”;
Que los numerales 1, 3 y 5 del artículo 181 de la
funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que
determine la ley: 1. Def‌i nir y ejecutar las políticas para
el mejoramiento y modernización del sistema judicial.
[…]; 3. Dirigir los procesos de selección de jueces y
demás servidores de la Función Judicial, así como, su
evaluación, ascensos y sanción. Todos los procesos serán
públicos y las decisiones motivadas. (…); 5. Velar por la
transparencia y ef‌i ciencia de la Función Judicial”;
Judicial, determina: “El perf‌i l de las servidoras o servidores
de la Función Judicial deberá ser el de un profesional
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