Resoluciones. 125 Amplíese La Resolución No. 120 De 14 De Noviembre De 2017

Número de Boletín170
SecciónResoluciones
EmisorProcuraduría General del Estado
Lunes 29 de enero de 2018 – 47Registro Of‌i cial Nº 170
JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA.- SECRETARÍA
ADMINISTRATIVA.- Quito, 12 de diciembre de 2017.-
Es copia del documento que reposa en los archivos de la
Junta.- Lo certif‌i co.- f.) Ab. Ricardo Mateus Vásquez.
No. 125
Dr. Diego García Carrión
PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
Considerando:
Ecuador, establece: “La Procuraduría General del Estado
es un organismo público, técnico jurídico, con autonomía
administrativa, presupuestaria y f‌i nanciera, dirigido y
representado por la Procuradora o Procurador General del
Estado (…)”;
Que, el artículo 147 del Código Orgánico de la Función
Judicial conf‌i ere la validez y ef‌i cacia de un documento
físico original a los archivos de documentos, mensajes,
imágenes, bancos de datos y toda aplicación almacenada
o transmitida por medios electrónicos, informáticos,
magnéticos, ópticos, telemáticos, satelitales o producidos
por nuevas tecnologías, destinadas a la tramitación judicial,
ya sea que contengan actos o resoluciones judiciales;
Que, el artículo 202 del Código Orgánico General
del Procesos (COGEP), advierte que los documentos
producidos electrónicamente con sus respectivos anexos,
serán considerados originales para todos los efectos
legales; por tanto, las reproducciones digitalizadas o
escaneadas de documentos públicos o privados que se
agreguen al expediente electrónico tienen la misma fuerza
probatoria del original;
Que, el artículo 3, letra k) de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General del Estado, establece la facultad del
Procurador General del Estado, para expedir reglamentos,
acuerdos, resoluciones e instructivos de carácter general y
particular, dentro del ámbito de su competencia.
Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 8
del artículo 79 del Reglamento Orgánico Funcional
de la Procuraduría General del Estado, corresponde
a la Secretaría General conferir copias certif‌i cadas o
certif‌i caciones de los documentos of‌i ciales de la Institución,
según el reglamento respectivo, excepto aquellos que la
ley y los reglamentos cataloguen de reservados, en cuyo
caso se requerirá la autorización escrita del Subprocurador
General del Estado;
Que, mediante Resolución No. 016 de 3 de julio de 2015, el
Procurador General del Estado, emitió el “REGLAMENTO
DE ADMINISTRACION Y CUSTODIA DEL FONDO
DOCUMENTAL DE LA PROCURADURIA GENERAL
DEL ESTADO”, cuyos artículos 27 y 28, determina las
facultades del Secretario Regional (…)
Artículo 27.- De las certif‌i caciones. - A petición expresa
de quien tuviere vinculación directa con un expediente que
reposa en la Procuraduría General del Estado, el Secretario
General o el Secretario de la Dirección Regional 1, previo
análisis de los documentos originales, podrán emitir
certif‌i caciones al respecto;
Artículo 28.- Concesión de copias de documentos. - Es el
procedimiento administrativo que implica la reproducción
de uno o varios documentos que reposan en el fondo
documental para ser entregadas al peticionario.
Que, mediante resolución No. 107 de 5 de junio de 2017, el
Procurador General del Estado, dictó la CODIFICACIÓN
DEL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL DE
LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO.
Que, mediante Resolución No. 120 de 14 de noviembre
de 2017, el Procurador General del Estado, expidió
el Reglamento de Concesión de Copias Certif‌i cadas
y Certif‌i caciones de Documentos por Parte de la
Procuraduría General del Estado, por medio de la cual
regula la concesión de copias certif‌i cadas o certif‌i caciones
tanto en forma física como electrónica, utilizando avances
tecnológicos que permitan conferirlas en formato digital
con f‌i rma electrónica, y que en el artículo 3 de la misma
Resolución, señala: la “Responsabilidad: La concesión de
copias certif‌i cadas o certif‌i caciones de los documentos
of‌i ciales de la Procuraduría General del Estado, es
responsabilidad de la Secretaria General de la Institución”.
Que, el artículo 52 numeral 3 de la Codif‌i cación del
Reglamento Orgánico Funcional de la Procuraduría
General del Estado, señala que la Secretaria Regional
de la Dirección Regional 1 está a cargo de un Secretario
Regional, quien es responsable de las siguientes
actividades (…)
3.- Conferir copias certif‌i cadas o certif‌i caciones de los
documentos of‌i ciales de la Dirección Regional 1 de la
Procuraduría General del Estado, según el Reglamento
respectivo, excepto aquellos que la ley y los reglamentos
cataloguen de reservados, en cuyo caso se requerirá la
autorización escrita del Director Regional.
Que, con memorando No. 273-DNAJI-2017-DNP de 27
de diciembre de 2017, suscrito por el Director Nacional
de Asesoría Jurídica Institucional, dirigido al Procurador
General del Estado, emite criterio jurídico sobre la
procedencia que se amplíe la Resolución No. 120 de
14 de noviembre de 2017, y que conceda la facultad al
Secretario Regional de la Dirección Regional 1 de la
Procuraduría General del Estado, para que conceda copias
certif‌i cadas o certif‌i caciones de los documentos of‌i ciales
dela Institución, tanto en forma física como electrónica,
utilizando avances tecnológicos que permitan conferirlas
en formato digital con f‌i rma electrónica.
En el ejercicio de la facultad que le conf‌i ere el artículo
3, letra k) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General
del Estado,
Resuelve:
Art. 1.- AMPLIAR la Resolución No. 120 de 14 de
noviembre de 2017, que contiene el Reglamento de
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