Ordenanzas Municipales. 129 Cantón Piñas: Que contiene el manual de descripción, valoración y clasificación de puestos de los servidores
Número de Boletín | 91 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Miércoles 30 de marzo de 2022 Edición Especial Nº 91 - Registro Ocial
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N°129
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE
PIÑAS
EL CONCEJO MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 229 de la Constitución de laRepública del Ecuador determina que los
derechos de lasservidoras y servidores públicos son irrenunciables. La ley definirá el
organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el
sector público y regulará el ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario,
estabilidad, sistema de remuneración y cesación de funciones de sus funcionarios. La
remuneración de las servidoras y servidores públicos será justa y equitativa, con relación
asus funciones y valorar la profesionalización, capacitación, responsabilidad y
experiencia.
Que, el artículo 238 de la Constitución de laRepública establece que los gobiernos
autónomos descentralizados gozan de autonomía política, administrativa y financiera;
Que, el artículo 40 delCódigo Orgánico de Organización Territo rial, Autonom ía y
Descentralización establece que lo s gobiernos autónomos descentralizados municipales
son personas jurídicas de derechopúblico, con autonomía política, administrativa y
financiera;
Que, el artículo 5 delCódigo Orgánico de Organización Territoria l, Autonomía y
Descentralización establece que la autonomía política, administrativa y financiera
comprende el derecho y la capacidad efectiva que tienen los gobiernos autónomos
descentralizados municipales para regirse mediante normas de gobierno propios, bajo
su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno;
Que, la autonomía administrativa consiste en el plenoejercicio d e la facultad de
organización y de gestión de sus talentos humanos y recursos materiales para el
ejercicio desus competencias y el cumplimiento desus atribuciones, en forma directa
Que, la autonomía financiera se expresa en el derecho que los gobiernos autónomos
descentralizados tienen de recibir de manera directa, predecible, oportuna, automática y
sin condiciones, los recursos que les corresponden de su participación en el
Presupuesto General de Estado, así como en la capacidad de generar yadministrar sus
propios recursos, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y la ley;
Que, el artículo 338 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y
Descentralización determina que cada gobierno municipal tendrá la estructura
administrativa que requiera para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus
competencias y funcionará de manera desconcentrada. La estructura administrativa
será la mínima indispensable para la gestión eficiente, eficaz y económica de las
competencias.
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