Sentencias. 1394-17-EP/22 En el Caso N° 1394-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección signada con el N° 1394-17-EP

Número de Boletín5
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Jueves 17 de febrero de 2022 Edición Constitucional Nº 5 - Registro Ocial
16
Sentencia No. 1394-17-EP/22
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
1
       
YƵŝƚŽ͗:ŽƐĠdĂŵĂLJŽϭϬͲϮϱLJ>ŝnjĂƌĚŽ'ĂƌĐşĂ͘dĞů͘;ϱϵϯͲϮͿϯϵϰͲϭϴϬϬ
ǁǁǁ͘ĐŽƌƚĞĐŽŶƐƚŝƚƵĐŝŽŶĂů͘ŐŽď͘ĞĐ  'ƵĂLJĂƋƵŝů͗ĂůůĞWŝĐŚŝŶĐŚĂLJǀ͘ϵĚĞKĐƚƵďƌĞ͘ĚŝĨ͘ĂŶĐŽWŝĐŚŝŶĐŚĂϲƚŽƉŝƐŽ
            ĞŵĂŝů͗ĐŽŵƵŶŝĐĂĐŝŽŶΛĐĐĞ͘ŐŽď͘ĞĐ
Quito, D.M., 12 de enero de 2022
CASO No. 1394-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes Procesales
1. El 16 de noviembre de 2016, el señor Zhang Benwei en calidad de representante legal
de la compañía ALBRONC S.A. presentó una demanda de impugnación tributaria en
contra de la resolución N°. SENAE-DGN-2016-0922-RE con fecha 27 de octubre de
2016 dictada por el director general del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (en
adelante SENAE) y la rectificación de tributos N°. JRP1-2016-0128-D001. La cuantía
la fijó en USD 22.333,92. El proceso fue signado con el N°. 09501-2016-00467.
2. El Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario con sede en el cantón Guayaquil, el 4
de abril de 2017, resolvió declarar con lugar la demanda presentada por la compañía
ALBRONC S.A., y como consecuencia se declaró la invalidez legal de la resolución
N°. SENAE-DGN-2016-0922-RE emitida el 27 de octubre de 2016, así como de su
antecedente la rectificación de tributos N°. JRP1-2016-0128-D001. No se dispuso el
pago de indemnizaciones por no haber constado en el objeto de la demanda conforme
costas. La entidad demandada interpuso recurso de casación.
3. El 8 de mayo de 2017, el conjuez de la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte
Nacional de Justicia declaró la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por
el director general del SENAE, por no contener fundamentación idónea que permita su
análisis por parte de la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de
Justicia.

1
Artículo 98.- Resolución que condene a indemnización. El juzgador fijará en la sentencia o auto
interlocutorio el importe de daños y perjuicios que deberá pagar la part e condenada a la contraparte, si
aquellos han sido objeto de la demanda. De no ser posible est a determinación, establecerá las bases sobre
las cuáles deberá practicarse la liquidación.
Tema : En la presente acción extraordinaria de protección, la Corte analiza si el auto
de inadmisión del recurso de casación, dictado en un proceso contencioso tributario
iniciado en contra del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE, vulneró los
derechos constitucionales al debido proceso en las garantías de la defensa y a recurrir.
La Corte concluye que no existió vulneración de estos derechos.
Sentencia No. 1394-17-EP/22
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
1
YƵŝƚŽ͗:ŽƐĠdĂŵĂLJŽϭϬͲϮϱLJ>ŝnjĂƌĚŽ'ĂƌĐşĂ͘dĞů͘;ϱϵϯͲϮͿϯϵϰͲϭϴϬϬ
ǁǁǁ͘ĐŽƌƚĞĐŽŶƐƚŝƚƵĐŝŽŶĂů͘ŐŽď͘ĞĐ  'ƵĂLJĂƋƵŝů͗ĂůůĞWŝĐŚŝŶĐŚĂLJǀ͘ϵĚĞKĐƚƵďƌĞ͘ĚŝĨ͘ĂŶĐŽWŝĐŚŝŶĐŚĂϲƚŽƉŝƐŽ
            ĞŵĂŝů͗ĐŽŵƵŶŝĐĂĐŝŽŶΛĐĐĞ͘ŐŽď͘ĞĐ
Quito, D.M., 12 de enero de 2022
CASO No. 1394-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes Procesales
1. El 16 de noviembre de 2016, el señor Zhang Benwei en calidad de representante legal
de la compañía ALBRONC S.A. presentó una demanda de impugnación tributaria en
contra de la resolución N°. SENAE-DGN-2016-0922-RE con fecha 27 de octubre de
2016 dictada por el director general del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (en
adelante SENAE) y la rectificación de tributos N°. JRP1-2016-0128-D001. La cuantía
la fijó en USD 22.333,92. El proceso fue signado con el N°. 09501-2016-00467.
2. El Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario con sede en el cantón Guayaquil, el 4
de abril de 2017, resolvió declarar con lugar la demanda presentada por la compañía
ALBRONC S.A., y como consecuencia se declaró la invalidez legal de la resolución
N°. SENAE-DGN-2016-0922-RE emitida el 27 de octubre de 2016, así como de su
antecedente la rectificación de tributos N°. JRP1-2016-0128-D001. No se dispuso el
pago de indemnizaciones por no haber constado en el objeto de la demanda conforme
costas. La entidad demandada interpuso recurso de casación.
3. El 8 de mayo de 2017, el conjuez de la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte
Nacional de Justicia declaró la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por
el director general del SENAE, por no contener fundamentación idónea que permita su
análisis por parte de la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de
Justicia.

1 Artículo 98.- Resolución que condene a indemnización. El juzgador fijará en la sentencia o auto
interlocutorio el importe de daños y perjuicios que deberá pagar la parte condenada a la contraparte, si
aquellos han sido objeto de la demanda. De no ser posible esta determinación, establecerá las bases so bre
las cuáles deberá practicarse la liquidación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR