Sentencias. 1425-18-EP/23 En el Caso No. 1425-18-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección No. 1425-18-EP

Número de Boletín229
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 31 de mayo de 2023Edición Constitucional Nº 229 - Registro Ocial
69
Sentencia No. 1425-18-EP/23
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guay aquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 12 de abril de 2023
CASO No. 1425-18-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1425-18-EP/23
Tema: La Corte Constitucional analiza si el auto de inadmisión del recurso de casación
emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia
vulnera el derecho al debido proceso en la garantía del cumplimiento de normas y
derecho de las partes. La Corte Constitucional resuelve desestimar la presente acción
extraordinaria de protección al no encontrar la vulneración al derecho alegado.
I. Antecedentes Procesales
1. El 7 de febrero de 2017, la compañía Galarza Luque S.A Garlup presentó acción
subjetiva o de plena jurisdicción1 en contra de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero y la Procuraduría General del Estado. Este juicio fue signado con el
No. 13802-2017-00050.
2. El 14 de septiembre de 2017, el Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario con
sede en el cantón Portoviejo rechazó la demanda. En contra de esta decisión, la
compañía Galarza Luque S.A Garlup interpuso recurso de casación.
3. El 16 de enero de 2018, el conjuez de la Sala Especializada de lo Contencioso
Administrativo de la Corte Nacional de Justicia inadmitió el recurso de casación2. De
esta decisión, la compañía Galarza Luque S.A Garlup interpuso recurso de revocatoria,
mismo que fue rechazado el 19 de marzo de 2018. Posteriormente, la compañía Galarza
Luque S.A Garlup interpuso recurso de aclaración del auto de 19 de marzo de 2018,
mismo que fue negado el 25 de abril de 2018.
4. El 1 de junio de 2018, la compañía Galarza Luque S.A Garlup (“la accionante”)
presentó demanda de acción extraordinaria de protección en contra del auto de
inadmisión de casación (“auto impugnado”).
1
Esta demanda se presentó debido a que la compañía actora impugnó la resolución de 21 de febrero de
2015 dentro del expediente administrativo No. 12 -2014 M-JSSM, donde la Agencia de Regulación y
Control Hidrocarburífero le impuso una multa de $5,100. Posteriormente, la compañía actora interpuso
recurso de revisión, mismo que fue inadmitido a trámite mediante resolución de 29 de noviembre de 2016,
por no haber cancelado la multa impuesta.
2
En el mismo señala: “Por cuanto se colige que no se reúnen los requisitos que prevé el artículo 267 del
Código Orgánico General de Procesos, se INADMITE a trámite el recurso de casación interpues to por
GALARZA LUQUE S.A, GARLUP”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR