Acuerdos. 1494 Iglesia Evangélica Kispirinamanta Willak Wasi, Ubicada En El Cantón Guaranda, Provincia De Bolívar
Número de Boletín | 1003 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos |
20 – Viernes 12 de mayo de 2017 Registro Ofi cial Nº 1003
En uso de las facultad que le confi ere el Acuerdo Ministerial
Nro. 0082 de 28 de agosto de 2013; y el artículo 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos:
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el Estatuto, reconocer la personalidad
jurídica y disponer la inscripción del Estatuto de la
organización CENTRO CRISTIANO EVANGÉLICO
BILINGÜE SHAMUYCHIK DIOSTA YUYARINA
WASIMAN, en el Registro de Organizaciones Religiosas
del Registro de la Propiedad del Cantón Guamote, provincia
de Chimborazo domicilio de la entidad, como persona de
derecho privado, sin fi nes de lucro, que para el ejercicio de
los derechos y obligaciones se sujetará estrictamente a lo
que determina la Constitución de la República del Ecuador,
la Ley de Cultos; y, el Reglamento de Cultos Religiosos.
Art. 2.- Ordenar la publicación del Estatuto de la organi-
zación religiosa denominada CENTRO CRISTIANO
EVANGÉLICO BILINGÜE SHAMUYCHIK DIOSTA
YUYARINA WASIMAN en el Registro Ofi cial.
Art. 3.- Disponer se incorpore al registro general de
entidades religiosas del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente del
CENTRO CRISTIANO EVANGÉLICO BILINGÜE
SHAMUYCHIK DIOSTA YUYARINA WASIMAN.
Art. 4.- Disponer a la organización religiosa ponga
en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, cualquier modifi cación en los Estatutos;
integrantes de su gobierno interno; ingreso y salida de
miembros; y, representante legal de la entidad, a efectos
de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente.
Art. 5.- Encargar la ejecución del presente acuerdo a la
Dirección de Regulación y Promoción de la Libertad de
Religión, Creencia y Conciencia y Dirección de Secretaría
General del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.
Art. 6.- Para la solución de los confl ictos y controversias
internas, los miembros del CENTRO CRISTIANO
EVANGÉLICO BILINGÜE SHAMUYCHIK DIOSTA
YUYARINA WASIMAN, en primer lugar, buscarán como
medio de solución los medios alternativos, determinados
en sus normas estatutarias, y de persistir las discrepancias,
optarán por el ejercicio de las acciones que la ley establece
como métodos alternativos de solución de confl ictos o ante
la justicia ordinaria.
Art. 7.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, podrá ordenar la cancelación del registro del
CENTRO CRISTIANO EVANGÉLICO BILINGÜE
SHAMUYCHIK DIOSTA YUYARINA WASIMAN, de
comprobarse hechos que constituyan violaciones graves al
ordenamiento jurídico.
El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial.
Comuníquese y publíquese.-
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 14 de marzo
de 2017.
f.) Ángela Cristina González Camacho, Subsecretaria de
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certifi co que la(s) foja(s) 1 – 3
es(son) fi el copia(s) del original del documento que reposa
en los archivos de la Dirección de Secretaría General.-
Fecha: 04 de abril de 2017.- f.) Dra. Paola Carrera Izurieta,
Directora de Secretaría General, Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Nro. 1494
Ángela Cristina González Camacho
SUBSECRETARIA DE DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 748, de 14 de
noviembre de 2007, publicado en el Registro Ofi cial,
Suplemento Nro. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea
el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que el artículo 154, número 1 de la Constitución de la
República del Ecuador, dispone: “A las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 410, publicado en
el Registro Ofi cial 235, de 14 de julio de 2010, el señor
Presidente Constitucional de la República, economista
Rafael Correa, decreta que los temas referentes a cultos,
pasan a ser competencia del “Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos”; y, cambia la denominación, por
“Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 256, de 13 de marzo
de 2014, publicado en el Registro Ofi cial, Suplemento
Nro. 218, de 03 de abril de 2014, el señor Presidente
Constitucional de la República, nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos a la doctora Ledy
Andrea Zúñiga Rocha;
Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 0082 de 28 de
agosto de 2013, el Ministro de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, delegó a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos
y Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales
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