Acuerdo 1497 Misión Apostólica Profética Internacional La Gloria Es Dios, Ubicada En El Cantón Daule, Provincia Del Guayas

Fecha de disposición16 Mayo 2017
Fecha de publicación16 Mayo 2017
Número de Gaceta1005
18 – Martes 16 de mayo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 1005
En uso de las facultad que le conf‌i ere el Acuerdo Ministerial
Nro. 0082 de 28 de agosto de 2013; y el artículo 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos:
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el Estatuto, reconocer la personalidad
jurídica y disponer la inscripción del Estatuto de la
organización CENTRO EVANGELÍSTICO UNIDOS
POR EL AMOR A JESÚS, en el Registro de
Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad
del Cantón Milagro, provincia del Guayas, domicilio de
la entidad, como persona de derecho privado, sin f‌i nes de
lucro, que para el ejercicio de los derechos y obligaciones se
sujetará estrictamente a lo que determina la Constitución de
la República del Ecuador, la Ley de Cultos, el Reglamento
de Cultos Religiosos; y, al Estatuto de la Organización
Religiosa.
Art. 2.- Ordenar la publicación del Estatuto de
la organización religiosa denominada CENTRO
EVANGELÍSTICO UNIDOS POR EL AMOR A
JESÚS, en el Registro Of‌i cial.
Art. 3.- Disponer se incorpore al registro general de
entidades religiosas del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la
organización CENTRO EVANGELÍSTICO UNIDOS
POR EL AMOR A JESÚS.
Art. 4.- Disponer a la organización religiosa ponga
en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, cualquier modif‌i cación en los Estatutos;
integrantes de su gobierno interno; ingreso y salida de
miembros; y, representante legal de la entidad, a efectos
de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad
correspondiente.
Art. 5.- Encargar la ejecución del presente acuerdo a la
Dirección de Regulación y Promoción de la Libertad de
Religión, Creencia y Conciencia y Dirección de Secretaría
General del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.
Art. 6.- Para la solución de los conf‌l ictos y controversias
internas, los miembros del CENTRO EVANGELÍSTICO
UNIDOS POR EL AMOR A JESÚS, en primer lugar,
buscarán como medio de solución los medios alternativos,
determinados en sus normas estatutarias, y de persistir las
discrepancias, optarán por el ejercicio de las acciones que
la ley establece como métodos alternativos de solución de
conf‌l ictos o ante la justicia ordinaria.
Art. 7.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, podrá ordenar la cancelación del registro del
CENTRO EVANGELÍSTICO UNIDOS POR EL
AMOR A JESÚS, de comprobarse hechos que constituyan
violaciones graves al ordenamiento jurídico.
El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.-
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 14 de marzo
de 2017
f.) Ángela Cristina González Camacho, Subsecretaria de
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certif‌i co que la(s) foja(s) 1 – 3
es(son) f‌i el copia(s) del original del documento que reposa
en los archivos de la Dirección de Secretaría General.-
Fecha: 04 de abril de 2017.- f.) Dra. Paola Carrera Izurieta,
Directora de Secretaría General, Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Nro. 1497
Ángela Cristina González Camacho
SUBSECRETARIA DE DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 748, de 14 de
noviembre de 2007, publicado en el Registro Of‌i cial,
Suplemento Nro. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea
el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
República del Ecuador, dispone: “A las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 410, publicado en
el Registro Of‌i cial 235, de 14 de julio de 2010, el señor
Presidente Constitucional de la República, economista
Rafael Correa, decreta que los temas referentes a cultos,
pasan a ser competencia del “Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos”; y, cambia la denominación, por
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 256, de 13 de marzo
de 2014, publicado en el Registro Of‌i cial, Suplemento
Nro. 218, de 03 de abril de 2014, el señor Presidente
Constitucional de la República, nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos a la doctora Ledy
Andrea Zúñiga Rocha;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 0082 de 28 de
agosto de 2013, el Ministro de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, delegó a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos
y Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales

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