Sentencias. 1527-17-EP/22 En el Caso No. 1527-17-EP Desestímese las pretensiones de la demanda de acción extraordinaria de protección presentada en el caso N.° 1527-17-EP

Número de Boletín92
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 20 de septiembre de 2022Edición Constitucional Nº 92 - Registro Ocial
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Sentencia No. 1527-17-EP/22
Juez ponente: Alí Lozada Prado
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 03 de agosto de 2022.
CASO No. 1527-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1527-17-EP/22
Tema: En la presente sentencia, se analiza la demanda de acción extraordinaria de
protección presentada en contra de un fallo de apelación dictado en una acción de
protección. Luego del análisis correspondiente, la Corte desestima las pretensiones de la
demanda por no verificarse las vulneraciones de los derechos al debido proceso en la
garantía de la motivación y a la seguridad jurídica de la entidad accionante, debido a que
el tribunal de apelación sí dio respuesta a los alegatos de las partes y, al haber comprobado
la vulneración de derechos, no debía determinar la existencia de vías adecuadas y eficaces
en la justicia ordinaria.
I. Antecedentes
A. Actuaciones procesales
1. El 7 de febrero de 2017, Eufemia Tarcila Álvarez Guerra, Marcelo Efraín Vicuña
Zamora, Zoila Trinidad Pérez Duchimaza, Jhon Leonardo Juárez Lucero, Ruth
Cecilia Almeida Toral, Juan Diego Gallegos Merchán, Dolores Concepción Carrasco
Contreras, Estrella de la Victoria Marín Toledo, Filomena Alejandrina Espinosa
Aguirre, Isabel Elvira Salas Miranda y Martha Azalia Tello Ulloa presentaron una
demanda de acción de protección en contra del Ministerio de Salud Pública y del
Hospital Regional “Vicente Corral Moscoso” en la que se impugnó la presunta
omisión de reclasificar a los mencionados funcionarios públicos en las categorías y
escalas remunerativas correspondientes
1
.
2. El 1 de marzo de 2017, la Unidad Judicial Penal con sede en el cantón Cuenca declaró
sin lugar la demanda. En contra de esta decisión judicial, los entonces accionantes
interpusieron recurso de apelación.
3. Mediante sentencia de 11 de mayo de 2017, la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte
Provincial de Justicia del Azuay aceptó el recurso de apelación, revocó la sentencia
de primera instancia, declaró la vulneración de los derechos a la igualdad y no
discriminación y, como medidas de reparación, ordenó que se ubique a los entonces
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El proceso se identificó con el N.° 01283-2017-00299.

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