Resolución 162-2019 Créase el Reconocimiento a las buenas prácticas en la Función Judicial

Fecha de publicación25 Noviembre 2019
Número de Gaceta87
Lunes 25 de noviembre de 2019 – 23Registro Of‌i cial Nº 87
Jaramillo dispuso: “(…) 1. La Dirección de Asesoría
Jurídica, con base en la información que corresponda al
caso mencionado, sustente y elabore una Resolución de
Delegación al Director Provincial de Tungurahua, Dr.
Olay Vinicio López Bastidas, facultándole a la suscripción
del convenio de pago, quien previamente deberá verif‌i car
y analizar la motivación técnica, legal y f‌i nanciera para la
legalización de dicho instrumento. 2. El Director Provincial
de Tungurahua, Dr. Olay Vinicio López Bastidas, realice
el procedimiento administrativo pertinente de control
interno, para determinar las causas que originaron la
necesidad del Convenio de pago antes mencionado, y en
coordinación con la Subdirectora Ejecutiva y unidades
administrativas correspondientes, adoptar los correctivos
necesarios, observando lo dispuesto en el memorando
No. ANT-ANT-2018-0298 de 16 de noviembre de 2018,
en concordancia al pronunciamiento de la Procuraduría
General del Estado, sobre el tema (…)”.
Que, mediante Resolución No. ANT-
NACDSGRDI18-0000080 de 18 de septiembre de 2018,
el Directorio de la Agencia Nacional de Regulación y
Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial nombró al Msc. Álvaro Nicolás Guzmán Jaramillo,
Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Regulación
y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial.
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
2 del artículo 29 de la Ley Orgánica de Transporte
Terrestre,Tránsito y Seguridad Vial, y el numeral 1 del 69
del Código Orgánico Administrativo, en concordancia con
la normativa reglamentaria;
Resuelvo:
Artículo 1.- Delegar al Dr. Olay Vinicio López Bastidas,
Director Provincial de Tungurahua, suscribir en
representación de la Agencia Nacional de Regulación y
Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial, el siguiente instrumento:
Convenio de Pago a suscribirse con la Cámara de
Industrias y Producción de Tungurahua, para extinguir
las obligaciones que mantiene la Agencia Nacional
de Regulación y Control de Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial ANT, por concepto
de arrendamiento de las of‌i cinas de la Dirección
Provincial de Tungurahua y Of‌i cinas de Atención al
Usuario Ambato, desde el 29 de noviembre de 2018
hasta el 11 de marzo de 2019, por un valor de OCHO
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON
53/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (USD 8.847,53) incluido IVA.
Artículo 2.- El Dr. Olay Vinicio López Bastidas, Director
Provincial de Tungurahua, verif‌i cará las condiciones
técnicas y económicas que sustentan la suscripción del
Convenio de Pago referido en el artículo 1 de la presente
Resolución.
Artículo 3.- La Dirección Financiera, previo al pago
verif‌i cará el cumplimiento de la norma legal vigente.
Artículo 4.- El Dr. Olay Vinicio López Bastidas, Director
Provincial de Tungurahua, dará seguimiento e informará
de la ejecución de la presente delegación a la máxima
autoridad de esta Institución.
Artículo 5.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE:
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 23 de
septiembre de 201 9.
f.) Abgs. Álvaro Nicolás Guzmán Jaramillo, Director
Ejecutivo, Agencia Nacional de Regulación y Control de
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
AGENCIA NACIONAL DE TRÁNSITO.- CERTIFICO
que las fojas que anteceden de 01 a 01 son f‌i el copia de
la información que reposa en los archivos y o sistemas
informáticos de la Agencia Nacional de Regulación y
Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial.- Fecha: 26 de septiembre de 2019.- Hora: 09:09.-
f.) Abg. Joan Correa Paredes, Directora de Secretaría
General.
No. 162-2019
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, ordena: “(…) El Consejo de la Judicatura
es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial(…)”;
Que el artículo 181 numerales 1 y 5 de la Constitución de
la República del Ecuador, dispone: “1. Def‌i nir y ejecutar
las políticas para el mejoramiento y modernización del
sistema; 5. Velar por la transparencia y ef‌i ciencia de la
Función Judicial”;
del Ecuador, prescribe: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”;
Judicial, prevé: “(…) los órganos de la Función Judicial,
en el ámbito de sus competencias, deberán formular
políticas administrativas que transformen la Función
Judicial para brindar un servicio de calidad de acuerdo a
las necesidades de la usuarias y usuarios (…)”;
Judicial, determina que el perf‌i l de los servidores judiciales
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