Ordenanzas Municipales. 163 Cantón Pangua: Sustitutiva que reglamenta la determinación, administración, control y recaudación del impuesto de patente anual, que grava el ejercicio de toda actividad de orden económico

Número de Boletín791
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 10 de marzo de 2023 Edición Especial Nº 791 - Registro Ocial
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Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pangua
PROVINCIA DE COTOPAXI
1
ORDENANZA N° 163
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN PANGUA
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador vigente, establece una nueva
organización territorial del Estado, incorpora nuevas competencias a los gobiernos
autónomos descentralizados y dispone que por ley se establezca el sistema
nacional de competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad
responsable de administrar estos procesos a nivel nacional;
Que, el artículo 48 de la Constitución de la República dispone que el Estado
adoptará medidas que aseguren: la inclusión social, la obtención de créditos y
rebajas o exoneraciones tributarias, el desarrollo de programas y políticas dirigidas
a fomentar su esparcimiento y descanso, la participación política, el incentivo y
apoyo para proyectos productivos y la garantía del ejercicio de plenos derechos de
las personas con discapacidad;
Que, el artículo 424 de la Constitución de la República dispone que las normas y
los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones
constitucionales; en caso contrario carecerán de eficiencia jurídica;
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, y Arts. 5 y 6
del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
(COOTAD) establecen que el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los
gobiernos autónomos descentralizados el goce de autonomía política,
administrativa y financiera;
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce al
Gobierno Autónomo Descentralizado Cantonal, la facultad legislativa dentro de su
jurisdicción;
Que, el Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce en el
ámbito de sus competencias y territorio, faculta a los gobiernos municipales
expedir ordenanzas cantonales;
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Que, los Arts. 7 y 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD), conceden facultad normativa a los
municipios para expedir normas de carácter general a través de ordenanzas,
acuerdos y resoluciones, aplicables a su circunscripción territorial;
Que, de conformidad con el Art. 60, literal d) del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización, ¿corresponde al Alcalde o Alcaldesa
presentar proyectos de ordenanza al concejo municipal en el ámbito de su
competencia;
Que, el Art. 492 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, ¿establece que las municipalidades reglamentarán mediante
ordenanzas la determinación del cobro de sus tributos;
Que, el Título IX, Capítulo III, Sección Novena, Art. 546 del COOTAD, ¿considera
el impuesto de patentes municipales;
Que, mediante Registro Oficial No. 854 de 4 de octubre de 2016 se publica la
Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza que Establece el Cobro del Impuesto
Anual de Patente en el Cantón Pangua
En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 57 literal b) y 58 literal b) del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD).
Expide:
LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGLAMENTA LA DETERMINACIÓN,
ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO DE
PATENTE ANUAL, QUE GRAVA EL EJERCICIO DE TODA ACTIVIDAD DE
ORDEN ECONÓMICO QUE OPERA DENTRO DEL CANTÓN PANGUA
Art. 1.- Del impuesto de la patente anual. - Se establece en el Cantón Pangua el
impuesto de Patentes Municipales, el mismo que se aplicará de acuerdo a las
disposiciones establecidas en el Art. 546 y siguientes del Código Orgánico de

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