Ordenanzas Municipales. 163 Cantón Pangua: Sustitutiva que reglamenta la determinación, administración, control y recaudación del impuesto de patente anual, que grava el ejercicio de toda actividad de orden económico
Número de Boletín | 791 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Viernes 10 de marzo de 2023 Edición Especial Nº 791 - Registro Ocial
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Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pangua
PROVINCIA DE COTOPAXI
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ORDENANZA N° 163
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN PANGUA
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador vigente, establece una nueva
organización territorial del Estado, incorpora nuevas competencias a los gobiernos
autónomos descentralizados y dispone que por ley se establezca el sistema
nacional de competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad
responsable de administrar estos procesos a nivel nacional;
Que, el artículo 48 de la Constitución de la República dispone que el Estado
adoptará medidas que aseguren: la inclusión social, la obtención de créditos y
rebajas o exoneraciones tributarias, el desarrollo de programas y políticas dirigidas
a fomentar su esparcimiento y descanso, la participación política, el incentivo y
apoyo para proyectos productivos y la garantía del ejercicio de plenos derechos de
las personas con discapacidad;
Que, el artículo 424 de la Constitución de la República dispone que las normas y
los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones
constitucionales; en caso contrario carecerán de eficiencia jurídica;
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, y Arts. 5 y 6
del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
(COOTAD) establecen que el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los
gobiernos autónomos descentralizados el goce de autonomía política,
administrativa y financiera;
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce al
Gobierno Autónomo Descentralizado Cantonal, la facultad legislativa dentro de su
jurisdicción;
Que, el Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce en el
ámbito de sus competencias y territorio, faculta a los gobiernos municipales
expedir ordenanzas cantonales;
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Que, los Arts. 7 y 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD), conceden facultad normativa a los
municipios para expedir normas de carácter general a través de ordenanzas,
acuerdos y resoluciones, aplicables a su circunscripción territorial;
Que, de conformidad con el Art. 60, literal d) del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización, ¿corresponde al Alcalde o Alcaldesa
presentar proyectos de ordenanza al concejo municipal en el ámbito de su
competencia;
Que, el Art. 492 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, ¿establece que las municipalidades reglamentarán mediante
ordenanzas la determinación del cobro de sus tributos;
Que, el Título IX, Capítulo III, Sección Novena, Art. 546 del COOTAD, ¿considera
el impuesto de patentes municipales;
Que, mediante Registro Oficial No. 854 de 4 de octubre de 2016 se publica la
Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza que Establece el Cobro del Impuesto
Anual de Patente en el Cantón Pangua
En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 57 literal b) y 58 literal b) del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD).
Expide:
LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGLAMENTA LA DETERMINACIÓN,
ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO DE
PATENTE ANUAL, QUE GRAVA EL EJERCICIO DE TODA ACTIVIDAD DE
ORDEN ECONÓMICO QUE OPERA DENTRO DEL CANTÓN PANGUA
Art. 1.- Del impuesto de la patente anual. - Se establece en el Cantón Pangua el
impuesto de Patentes Municipales, el mismo que se aplicará de acuerdo a las
disposiciones establecidas en el Art. 546 y siguientes del Código Orgánico de
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