Sentencias. 1662-16-EP/21 En el Caso N° 1662-16-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección N° 1662-16-EP presentada por la señora Emilia Muriel Moscoso Valarezo, Directora Distrital de Guayaquil, Subrogante del SENAE

Número de Boletín217
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Jueves 16 de septiembre de 2021Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 217
3
Sentencia No. 1662-16-EP/21
Juez ponente: Agustín Grijalva Jiménez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 04 de agosto de 2021
CASO No. 1662-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema: La Corte desestima una acción extraordinaria de protección propuesta por el
SENAE en contra del auto de inadmisión de un recurso extraordinario de casación,
dentro de un proceso contencioso tributario, al verificar que esta providencia judicial
no vulneró el derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso en la garantía de la
motivación.
I. Antecedentes procesales
1. El 04 de septiembre de 2012, la señora Antonella Rossana Cuneo Quiñonez, gerente
general y representante legal de la compañía Distribuidora de carnes y alimentos
DIGECA S.A., presentó ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal de Guayaquil una
demanda de impugnación en contra del Director Distrital Guayaquil del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). En su demanda, la accionante impugnó la
resolución administrativa Nro. SENAE-DDG-2012-0338-RE de 07 de agosto de 2012,
que resolvió “declarar sin lugar el reclamo administrativo 205-2012 y por tanto
ratificar el acto administrativo de aforo y liquidación realizado a las mercancías
importadas mediante la DAU 18602829, REFRENDO 028-2012-10-050779-8”. La
cuantía de la demanda ascendió a USD $ 12.657,49. El proceso judicial fue signado
con el número 09501-2012-0078.
2. El 25 de abril de 2016, el Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso Tributario de
Guayaquil dictó sentencia en la que declaró con lugar la demanda, dejó sin efecto la
resolución impugnada y dispuso “que se devuelva a la actora la caución rendida
dentro de esta causa”. Inconforme con esta sentencia, el SENAE presentó recurso de
casación.
3. El 14 de julio de 2016, el conjuez de la Sala de Conjueza y Conjueces de lo
Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) emitió auto de
inadmisión del recurso de casación.
4. El 09 de agosto de 2016, la señora Emilia Muriel Moscoso Valarezo, directora distrital
de Guayaquil Subrogante del SENAE, presentó una demanda de acción
extraordinaria de protección, en contra del auto de inadmisión del recurso de casación
de 14 de julio de 2016.
Sentencia No. 1662-16-EP/21
Juez ponente:
Agustín Grijalva Jiménez
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 04 de agosto de 2021
CASO No. 1662-16-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes procesales
1. El 04 de septiembre de 2012, la señora Antonella Rossana Cuneo Quiñonez, gerente
general y representante legal de la compañía Distribuidora de carnes y alimentos
DIGECA S.A., presentó ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal de Guayaquil una
demanda de impugnación en contra del Director Distrital Guayaquil del Servicio
Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). En su demanda, la accionante impugnó la
resolución administrativa Nro. SENAE-DDG-2012-0338-RE de 07 de agosto de 2012,
que resolvió “declarar sin lugar el reclamo administrativo 205-2012 y por tanto
ratificar el acto administrativo de aforo y liquidación realizado a las mercancías
importadas mediante la DAU 18602829, REFRENDO 028-2012-10-050779-8”. La
cuantía de la demanda ascendió a USD $ 12.657,49. El proceso judicial fue signado
con el número 09501-2012-0078.
2. El 25 de abril de 2016, el Tribunal Distrital No. 2 de lo Contencioso Tributario de
Guayaquil dictó sentencia en la que declaró con lugar la demanda, dejó sin efecto la
resolución impugnada y dispuso “que se devuelva a la actora la caución rendida
dentro de esta causa”. Inconforme con esta sentencia, el SENAE presentó recurso de
casación.
3. El 14 de julio de 2016, el conjuez de la Sala de Conjueza y Conjueces de lo
Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) emitió auto de
inadmisión del recurso de casación.
4. El 09 de agosto de 2016, la señora Emilia Muriel Moscoso Valarezo, directora distrital
de Guayaquil Subrogante del SENAE, presentó una demanda de acción
extraordinaria de protección, en contra del auto de inadmisión del recurso de casación
de 14 de julio de 2016.

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