Sentencias 1686-18-EP/22 En el Caso N° 1686-18-EP Acéptese parcialmente las pretensiones de la demanda de acción extraordinaria de protección identificada con el N° 1686-18-EP

Fecha de publicación17 Febrero 2022
Número de Gaceta5
Jueves 17 de febrero de 2022 Edición Constitucional Nº 5 - Registro Ocial
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Sentencia No. 1686-18-EP/22
Juez ponente: Alí Lozada Prado
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Quito, D.M. 12 de enero de 2022
CASO No. 1686-18-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema : La Corte Constitucional declara la vulneración del derecho al debido proceso en
la garantía de la motivación en una sentencia que resolvió un recurso de apelación
dentro de una acción de protección. Para tal efecto, se verifica que la referida sentencia
no examinó todas las alegaciones de los accionantes sobre las vulneraciones de sus
derechos fundamentales.
I. Antecedentes
A. Actuaciones procesales
1. El 29 de diciembre de 2017, 48 jubilados
1
que designaron como su procurador
común a Reinaldo Valarezo García, presentaron una demanda de acción de
protección en contra de la Universidad Nacional de Loja, de la Comisión
Interventora de la Universidad Nacional de Loja y de la Procuraduría General del
Estado. En esta demanda alegaron que la Universidad Nacional de Loja habría
omitido reanudar el pago de su jubilación complementaria
2
, cuyo pago se habría
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Específicamente, de: 1) Fausto Rolando Aguirre Tirado, 2) Alonso Narciso Armijos Luna, 3) Leonardo
Arturo Armijos Luna, 4) Cecilia Inés Benavides Celi, 5) Ismael Enrique Betancourth, 6) Antonio Eduardo
Cabrera Samaniego, 7) Héctor Alonso Carpio Febres, 8) Clotario Oswaldo Castro Muñoz, 9) Ángel
Modesto Costa Flores, 10) Galo Arturo Costa Muñoz, 11) Mery Escarabay Ludeña, 12) Vicente Neptalí
Espinoza Fernández, 13) Bolívar Edmundo Guerrero Armijos, 14) Herman Felicísimo Jaramillo Ordóñez,
15) Edison Neptalí Jiménez León, 16) Mario Enrique Jiménez, 17) Jaime Eduardo Lara Almeida, 18)
Juanita Piedad León Mendieta, 19) Rómel Abel León Mendieta, 20) César Adrián López Mejía, 21) Lupe
Lastenia Machado Paladines, 22) Dolores María Méndez Garcés, 23) Jorge Enrique Mogrovejo Cardó n,
24) Teófilo Miguel Mogrovejo Carrión, 25) César Augusto Montaño Ortega, 26) Sergio Alberto Morales
Aldeán, 27) Mauro Nery Muñoz Aldeán, 28) Manuel Gonzalo Muñoz Livisaca, 29) Nelson Efrén Novillo
Bravo, 30) Edgar Alberto Ochoa Bermeo, 31) Jorge Enrique Ochoa Valdivieso, 32) José Lizardo Ojeda
Soto, 33) Rommel Efrén Ortega Herrera, 34) Numan Guillermo Ortega Serrano, 35) Froilán Felicísimo
Quezada, 36) Miguel Eduardo Ramírez Sanmartín, 37) Vicente Bolívar Reátegui Ochoa, 38) Jorge Luis
Reyes Azanza, 39) Jorge Fabián Reyes Samaniego, 40) Rivera Acurio Luis Antonio, 41) Ángel Efrén
Rodríguez Bustamante, 42) Mario Salas Sandoval, 43) Gustavo Octavio Samaniego Rodríguez, 44)
Reinaldo Valarezo García, 45) Kleiber Gastón Veintimilla Rengel, 46) Marco Velepucha Ruiz, 47) Ney
Yoffre Vivanco Criollo y 48) Guillermo Mario Zambrano Torres.
2
En la demanda, los accionantes señalaron principalmente lo siguiente:[…] luego de haber ejercido su
derecho a la jubilación y haber recibido el pago de varias pensiones complementarias, el 5 de mayo del
2009, la Junta Universitaria de la Universidad Nacional de Loja, decide suspender, sin que medie debido
proceso alguno, los pagos correspondientes a la jubilación patronal complementaria, pero esa
Sentencia No. 1686-18-EP/22
Juez ponente: Alí Lozada Prado
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        YƵŝƚŽ͗:ŽƐĠdĂŵĂLJŽϭϬͲϮϱLJ>ŝnjĂƌĚŽ'ĂƌĐşĂ͘dĞů͘;ϱϵϯͲϮͿϯϵϰͲϭϴϬϬ
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Quito, D.M. 12 de enero de 2022
CASO No. 1686-18-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema : La Corte Constitucional declara la vulneración del derecho al debido proceso en
la garantía de la motivación en una sentencia que resolvió un recurso de apelación
dentro de una acción de protección. Para tal efecto, se verifica que la referida sentencia
no examinó todas las alegaciones de los accionantes sobre las vulneraciones de sus
derechos fundamentales.
I. Antecedentes
A. Actuaciones procesales
1. El 29 de diciembre de 2017, 48 jubilados
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que designaron como su procurador
común a Reinaldo Valarezo García, presentaron una demanda de acción de
protección en contra de la Universidad Nacional de Loja, de la Comisión
Interventora de la Universidad Nacional de Loja y de la Procuraduría General del
Estado. En esta demanda alegaron que la Universidad Nacional de Loja habría
omitido reanudar el pago de su jubilación complementaria
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, cuyo pago se habría
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Específicamente, de: 1) Fausto Rolando Aguirre Tirado, 2) Alonso Narciso Armijos Luna, 3) Leonardo
Arturo Armijos Luna, 4) Cecilia Inés Benavides Celi, 5) Ismael Enrique Betancourth, 6) Antonio Eduardo
Cabrera Samaniego, 7) Héctor Alonso Carpio Febres, 8) Clotario Oswaldo Castro Muñoz, 9) Ángel
Modesto Costa Flores, 10) Galo Arturo Costa Muñoz, 11) Mery Escarabay Ludeña, 12) Vicente Neptalí
Espinoza Fernández, 13) Bolívar Edmundo Guerrero Armijos, 14) Herman Felicísimo Jaramillo Ordóñez,
15) Edison Neptalí Jiménez León, 16) Mario Enrique Jiménez, 17) Jaime Eduardo Lara Almeida, 18)
Juanita Piedad León Mendieta, 19) Rómel Abel León Mendieta, 20) César Adrián López Mejía, 21) Lupe
Lastenia Machado Paladines, 22) Dolores María Méndez Garcés, 23) Jorge Enrique Mogrovejo Cardón,
24) Teófilo Miguel Mogrovejo Carrión, 25) César Augusto Montaño Ortega, 26) Sergio Alberto Morales
Aldeán, 27) Mauro Nery Muñoz Aldeán, 28) Manuel Gonzalo Muñoz Livisaca, 29) Nelson Efrén Novillo
Bravo, 30) Edgar Alberto Ochoa Bermeo, 31) Jorge Enrique Ochoa Valdivieso, 32) José Lizardo Ojeda
Soto, 33) Rommel Efrén Ortega Herrera, 34) Numan Guillermo Ortega Serrano, 35) Froilán Felicísimo
Quezada, 36) Miguel Eduardo Ramírez Sanmartín, 37) Vicente Bolívar Reátegui Ochoa, 38) Jorge Luis
Reyes Azanza, 39) Jorge Fabián Reyes Samaniego, 40) Rivera Acurio Luis Antonio, 41) Ángel Efrén
Rodríguez Bustamante, 42) Mario Salas Sandoval, 43) Gustavo Octavio Samaniego Rodríguez, 44)
Reinaldo Valarezo García, 45) Kleiber Gastón Veintimilla Rengel, 46) Marco Velepucha Ruiz, 47) Ney
Yoffre Vivanco Criollo y 48) Guillermo Mario Zambrano Torres.
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En la demanda, los accionantes señalaron principalmente lo siguiente:[…] luego de haber ejercido su
derecho a la jubilación y haber recibido el pago de varias pensiones complementarias, el 5 de mayo del
2009, la Junta Universitaria de la Universidad Nacional de Loja, decide suspender, sin que medie debido
proceso alguno, los pagos correspondientes a la jubilación patronal complementaria, pero esa

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