Acuerdos. 18 004 Asígnense Atribuciones A La Subsecretaría De Gestión De Desarrollo Territorial Industrial Y Otras

Número de Boletín232
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
6 – Miércoles 2 de mayo de 2018 Registro Of‌i cial Nº 232
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogado todo acuerdo, resolución o disposición
que se oponga al presente Instrumento.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 11
de abril de 2018.
f.) Rubén Ernesto Flores Agreda, Ministro de Agricultura
y Ganadería.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
ACUACULTURA Y PESCA.- Es f‌i el copia del original.-
12 de abril de 2018.- f.) Secretario General, MAGAP.
Nro. 18 004
Eva García Fabre
MINISTRA DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
154, numeral 1, de la Constitución de la República, a las
ministras y ministros de Estado les corresponde dirigir la
política del Ministerio a su cargo y expedir las normas,
acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial.
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización del
Estado, establece que los ministros pueden delegar sus
atribuciones cuando la conveniencia institucional así lo
requiera.
Que, el artículo 17, segundo inciso, del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, ERJAFE, dice: "Los Ministros de Estado,
dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus
atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico
de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en
comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen
conveniente, siempre y cuando las delegaciones que
concedan no afecten a la buena marcha del Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones,
atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las
leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado.
Las delegaciones ministeriales a las que se ref‌i ere este
artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado
mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en
conocimiento del Secretario General de la Administración
Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentren prohibidas por la Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial".
Que, el artículo 57 del mismo Estatuto citado dice: "La
delegación podrá ser revocada en cualquier momento por
el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso
de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya
expedición o ejecución se delegó".
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Licenciado Lenin Moreno Garcés Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, designó a la
economista Eva García Fabre, como Ministra de Industrias
y Productividad.
Que, el artículo 5 del Decreto Ejecutivo Nro. 7 de 24 de
mayo de 2017 señala que las atribuciones específ‌i cas,
representaciones y delegaciones constantes en leyes,
decretos, reglamentos y demás normativa vigente que
correspondían a los ministerios de coordinación serán
asignadas o redef‌i nidas por el Presidente de la República;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 34 de 14 de junio
del 2017 se expiden las disposiciones para la organización
y funcionamiento de los Consejos Sectoriales;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 170 de 29 de septiembre
de 2017, el señor Presidente de la República, encarga a
la Econ. Eva García Fabre la articulación del Consejo
Sectorial de la Producción;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 16 165 publicado
en el Registro Of‌i cial Edición Especial No. 887 de 10 de
febrero de 2017, se expide el Rediseño de la Estructura
Institucional y Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos, en donde constan las
atribuciones y responsabilidades de la Subsecretaría
de Gestión de Desarrollo Territorial Industrial y de la
Subsecretaría de Industrias Básicas, sin perjuicio de las
demás que se les asignen;
Que, a través de Decreto Ejecutivo Nro. 252 de 27 de
diciembre de 2017, el señor Presidente, dispone que: “Las
atribuciones establecidas en el Código Orgánico de la
Producción, Comercio e Inversiones que correspondan
a las Zonas Especiales de Desarrollo Económico
(ZEDE), serán ejercidas por el Ministerio de Industrias y
Productividad, con excepción de la facultad de dictar las
políticas generales para el funcionamiento y supervisión
de las ZEDE; las autorizaciones para el establecimiento
de ZEDE; y la aplicación de sanciones graves, las
mismas que corresponderán al Consejo Sectorial de la
Producción.”.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
Acuerda:
Artículo 1.- Asignar a la Subsecretaría de Gestión de
Desarrollo Territorial Industrial, la calidad de área técnica
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