Acuerdo 18 159 Desígnese al Viceministro de Industrias y Productividad como delegado permanente del Ministro de Industrias y Productividad, encargado, ante el Directorio de la Empresa Pública Cementera del Ecuador, EPCE

Fecha de disposición19 Noviembre 2018
Fecha de publicación19 Noviembre 2018
Número de Gaceta370
Lunes 19 de noviembre de 2018 – 19Registro Of‌i cial Nº 370
Que, el artículo 17, segundo inciso, del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
ERJAFE, prevé que: “Los Ministros de Estado, dentro de la
esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones
y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus
respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión
de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten
a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin
perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que
de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario
delegado. Las delegaciones ministeriales a las que se ref‌i ere
este artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado
mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en
conocimiento del Secretario General de la Administración
Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentren prohibidas por la Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 671, publicado
en Registro Of‌i cial No. 404 de 15 de Marzo de 2011, se
designó al Ministerio de Comercio Exterior para que presida
el Comité de Comercio Exterior (COMEX); y, al Ministerio
de Industrias y Productividad como Vicepresidente de
dicho Comité;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 491 de 23 de agosto
de 2018, el Presidente de la República, designó al señor
Pablo Campana Sáenz, como Ministro de Industrias y
Productividad encargado.
Que, el artículo 3 del Reglamento de Funcionamiento del
Comité de Comercio Exterior determina que los órganos
con los que cuenta el COMEX, serán: El Pleno; el Comité
Ejecutivo; la Presidencia; la Vicepresidencia; el Comité
Técnico Interinstitucional y la Secretaria Técnica;
Que, el artículo 7 del Reglamento Ibídem, prevé que:
“Las máximas autoridades de los miembros del COMEX
podrán delegar, por Acuerdo, la participación en el Pleno
a un funcionario o funcionaria de su institución. En el
presente Reglamento se establecen aquellos asuntos que
requieren de la presencia de los o las representantes de
cada institución, y aquellos que pueden resolverse a nivel
de delegados o delegadas”;
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
artículos 55 y 68 del Código Orgánico Administrativo; y, el
Decreto Ejecutivo No. 491 de 23 de agosto de 2018.
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar al Viceministro de Industrias y
Productividad para que, a nombre y en representación de
esta Cartera de Estado participe como delegado permanente
ante el Comité de Comercio Exterior (COMEX); y, como
delegado alterno al Subsecretario de Industrias Intermedias
y Finales.
Artículo 2.- Los delegados observarán la normativa legal
aplicable y responderá directamente de los actos realizados
en el ejercicio de la presente delegación; debiendo informar
de manera periódica a la máxima autoridad de esta Cartera
de Estado.
Artículo 3.- La presente delegación no constituye renuncia
a las atribuciones asignadas por la ley al Ministro de
Industrias y Productividad, encargado, puesto que, el
mismo, cuando lo estime procedente, podrá intervenir en
cualquiera de los actos materia del presente Acuerdo; y,
ejercer cualquiera de las funciones previstas en el mismo.
Artículo 4.- Se deroga todo acuerdo ministerial, instrumento
legal o documento que se oponga a lo dispuesto en el
presente.
Artículo 5.- Notifíquese con el presente Acuerdo
Ministerial a los funcionarios delegados, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 101 y 164 del Código
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir
de de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, a los once
días del mes de octubre de 2018.
f.) Mgs. Pablo Campana Sáenz, Ministro de Industrias y
Productividad, (E).
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTI-
VIDAD.- Certif‌i ca.- Es f‌i el copia del original que reposa
en Secretaría General.- Fecha: 19 de octubre de 2018.-
Firma: Ilegible.
No. 18 159
Pablo Campana Sáenz
MINISTRO DE INDUSTRIAS
Y PRODUCTIVIDAD, ENCARGADO
Considerando:
República, señala que: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión (…)”;
determina que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
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