Acuerdos. 18/2019 Modifíquense los Acuerdos No. 03/2016 de 12 de abril del 2016 y No. 26/2017 de 16 de octubre del 2017

Número de Boletín37
SecciónAcuerdos
EmisorDirección General de Aviación Civil
Miércoles 11 de septiembre de 2019 – 19Registro Of‌i cial Nº 37
Comuníquese y Publíquese.- Dado en la ciudad de Quito,
Distrito Metropolitano, a 26 de agosto de 2019.
f.) Magíster José Gabriel Martínez Castro, Ministro de
Transporte y Obras Públicas.
No. 18/2019
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 156 de 20 de
noviembre del 2013, se reorganizó al Consejo Nacional de
Aviación Civil y a la Dirección General de Aviación Civil;
Que, mediante Resolución No. 001/2013, de 24 de
diciembre del 2013, el Consejo Nacional de Aviación Civil
delegó al Director General de Aviación Civil, la facultad
de resolver las solicitudes para modif‌i car o suspender
temporal y parcialmente las Concesiones y Permisos de
operación otorgados por el Consejo Nacional de Aviación
Civil, cumpliendo con los requisitos establecidos en la
reglamentación de la materia;
Que, en virtud del Decreto No. 728 de 29 de abril de 2019,
se designa al señor Anyelo Patricio Acosta Arroyo como
Director General de Aviación Civil;
Que, la compañía SERVICIO AÉREO REGIONAL
REGAIR CIA. LTDA. es poseedora de un Permiso de
Operación, otorgado por el Consejo Nacional de Aviación
Civil con Acuerdo No. 040/2015 de 24 de noviembre del
2015 y modif‌i cado con Acuerdos Nos. 03/2016 de 12 de
abril del 2016 y 26/2017 de 16 de octubre del 2017, para
la prestación del servicio de transporte aéreo público
doméstico, no regular, en la modalidad de chárter, de
pasajeros, carga y correo, en forma combinada en todo el
territorio continental ecuatoriano;
Que, con Of‌i cio No. SAR-GG-163-2019 de 16 de julio
de 2019, el Gerente General de la compañía SERVICIO
AÉREO REGIONAL REGAIR CÍA. LTDA., solicita en el
numeral II PETICION lo siguiente:
“…Con los antecedentes expuestos y con fundamento
en los Arts. 50, 51 y 52 del Reglamento de Permisos
de Operación para la Prestación de los Servicios de
Transporte Aéreo Comercial, expedido por el Consejo
Nacional de Aviación Civil el 11 de diciembre de 2017;
y, en la Resolución No. 001/2013 del Consejo Nacional
de Aviación civil del 24 de diciembre del 2013, muy
comedidamente solicito se modif‌i que sin incremento de
derechos aerocomerciales, el Permiso de Operación para
transporte aéreo, público, doméstico, no regular, en la
modalidad de chárter de pasajeros, carga y correo, en
forma combinada otorgado mediante Acuerdos: DGAC
No. 03/2016 de 12 de abril de 2016 y DGAC 26/2017 de
16 de octubre de 2017, en las siguientes cláusulas:
1. Con fundamento en el literal d) del Art. 52 del
Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación
de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial, solicito
se modif‌i que el equipo de vuelo a operar, que se indica en
la cláusula SEGUNDA del artículo 1 del Acuerdo DGAC
26/2017 de 16 de octubre de 2017, y en adelante conste:
SEGUNDA: Aeronaves a utilizar: “La aerolínea” utilizará
en el servicio que se autoriza, equipo de vuelo consistente
en aeronaves tipo:
BOEING: 737/757/767 SERIES
AIRBUS A 319/320/321/330 SERIES
BOMBARDIER CRJ 100/200/700 SERIES
EMBRAER EMB – 120/145/170/190 SERIES
2. Con fundamento en la RDAC 119.265 y en el literal
e) del Art. 52 del Reglamento de Permisos de Operación
para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo
Comercial, solicito se modif‌i que la ubicación de la base
principal de operaciones y mantenimiento de la aerolínea
que se establece en la Cláusula CUARTA del Artículo 1
del Acuerdo DGAC No. 03/2016 de 12 de abril de 2016
para que en adelante conste:
CUARTA: Centro principal de operaciones y
mantenimiento: La base principal de operaciones de “la
aerolínea” está ubicada en el Aeropuerto Internacional
Mariscal Sucre, las of‌i cinas administrativas están
ubicadas en la Martín de Utreras N31-234 y Mariana
de Jesús, en la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha;
y la base principal de mantenimiento de “la aerolínea”
está ubicado en la Ciudadela Vernaza Norte Mz 21, Solar
2, pasaje 1, callejón 14A de la ciudad de Guayaquil,
Provincia Guayas...”;
Que, con memorando Nro. DGAC-AB-2019-0653-M
de julio 23 del 2019, se elevó a conocimiento del señor
Director General de Aviación Civil, la solicitud presentada
por la compañía SERVICIO AÉREO REGIONAL
REGAIR CIA. LTDA adjuntando el Extracto para su
legalización y posterior publicación en la Página Web del
CNAC y en uno de los periódicos de mayor circulación
nacional. Extracto que fue legalizado el 24 de julio del
2019;
Que, mediante Of‌i cio Nro. DGAC-AB-2019-0065-O de
24 de julio de 2019, se entrega a la compañía SERVICIO
AÉREO REGIONAL REGAIR CIA. LTDA el Extracto
de la solicitud de modif‌i cación del Permiso de Operación
para la prestación del servicio de transporte aéreo público
doméstico, no regular, en la modalidad de chárter, de
pasajeros, carga y correo en forma combinada, a f‌i n de
que proceda con la publicación del mismo de conformidad
con el Art. 45 del Reglamento de la materia;
Que, mediante Memorando Nro. DGAC-AX-2019-0278-M
de 25 de julio de 2019, la Directora de Comunicación
Social Institucional informa que el Extracto de la solicitud
de modif‌i cación del Permiso de Operación de la compañía
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