Acuerdos. 18 Apruébese la cancelación voluntaria solicitada por la Empresa Operadora, Frío y Exportación S. A. de la Zona Franca del Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito - Tababela

Número de Boletín374
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
12 – Viernes 23 de noviembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 374
18 MONTALBAN
ROMÁN
ERICK
ORLANDO
ECUATORIANA 1310721095
19 NAPA
ESPAÑA
EDGAR
ANGEL
ECUATORIANA 1308434321
20 PACHAY
SILVA
CRISTHIAN
OMAR
ECUATORIANA 1311647828
21 PARRALES
CEDEÑO
DAVID
EDUARDO
ECUATORIANA 1308583036
22 PIONCE
TEJENA JOSÉ
ANDRÉS
ECUATORIANA 1316865565
23 PONCE
DELGADO
JEFFERSON
ALEXI
ECUATORIANA 1312290016
24 QUIJIJE
MERO LÍDER
EUSTAQUIO
ECUATORIANA 1300196589
25 QUIJIJE
RIVERA IVÁN
RODOLFO
ECUATORIANA 1306272871
26 QUIJIJE
RIVERA
PABLO DAVID
ECUATORIANA 1309377123
27 RODRÍGUEZ
INTRIAGO
GARY
ENRIQUE
ECUATORIANA 1310226111
28 TEJENA
ROCA PAULO
EGBERTO
ECUATORIANA 1310411739
29 VERA PINCAY
GREGORIO
ALEXANDER
ECUATORIANA 1311988081
30 ZAMORA
CEVALLOS
DARIO
JAVIER
ECUATORIANA 1312812819
Artículo 3.- Ordenar a la ASOCIACIÓN DE DJS Y
ANIMADORES INDEPENDIENTE DE MANTA -ASOI-
que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del
“Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica
a las Organizaciones Sociales”, remita a esta Cartera de
Estado, en el plazo máximo de treinta (30) días posteriores
a esta fecha de otorgamiento de la personalidad jurídica, la
elección de la directiva con la documentación establecida
en el Capítulo IV del antes citado reglamento, para su
registro. Cada período de elección de la directiva deberá ser
registrada en el Ministerio de Cultura y Patrimonio, para los
f‌i nes legales que correspondan.
Artículo 4.- En general la organización social se ajustara
al “Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad
Jurídica a las Organizaciones Sociales”, disposiciones
legales aplicables y las directrices que emita en este ámbito
el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
Artículo 5.- Autorizar a la ASOCIACIÓN DE DJS Y
ANIMADORES INDEPENDIENTE DE MANTA -ASOI-
para que realice las actividades estipuladas en los f‌i nes y
objetivos constantes en su Estatuto; debiendo cumplir
además con las disposiciones contenidas en “Reglamento
para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las
Organizaciones Sociales”.
DISPOSICIÓN GENERAL.- Para la solución de
los conf‌l ictos y controversias internas, los asociados
en primer lugar buscarán como medios de solución el
diálogo conforme a sus normas estatutarias; de persistir
las discrepancias podrán optar por métodos alternativos
de solución de conf‌l ictos o a través del ejercicio de las
acciones que la Ley les faculta ante la justicia ordinaria, sin
perjuicio del ejercicio de las competencias de control que
ostenta esta Cartera de Estado.
Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
expedición, sin perjuicio de la publicación de un
extracto del mismo en el Registro Of‌i cial. Notifíquese
su contenido a la organización social ASOCIACIÓN DE
DJS Y ANIMADORES INDEPENDIENTE DE MANTA
-ASOI-.
Del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo,
encárguese la Coordinación General Jurídica.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, a los 17
días del mes agosto del 2018.
f.) Raúl Pérez Torres, Ministro de Cultura y Patrimonio.
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.-
Fiel copia del original.- f.) Ilegible, Documentación y
Archivo.
No. 18 164
Mgs. Pablo Campana Saenz
MINISTRO DE INDUSTRIAS
Y PRODUCTIVIDAD, Encargado
Considerando:
República, señala que: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión (…)”;
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