Resolución 183-2021 Reprográmese el cronograma de implementación de tribunales fijos en las salas no penales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha y las provincias que faltan desplegar el mencionado sistema

Fecha de publicación07 Diciembre 2021
Número de Gaceta592
Martes 7 de diciembre de 2021Registro Ocial 592
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183-2021
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RESOLUCIÓN 183-2021
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
establecen que el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno,
administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial;
Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos
administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará
su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para
la adecuada administración de justicia”;
Consejo de la Judicatura debe velar por la transparencia y definir, formular y
ejecutar las políticas públicas administrativas para el mejoramiento,
modernización y transformación de la Función Judicial, para brindar un
servicio de calidad de acuerdo a las necesidades de las y los usuarios del
sistema de justicia;
El Consejo de la Judicatura determinará el número de tribunales y juzgados
necesarios, conforme a las necesidades de la población (…)”;
Que el artículo 264 numeral 8 literales a, b, c y e, del Código Orgánico de la
Función Judicial, preceptúa que al Pleno del Consejo de la Judicatura le
corresponde: crear, modificar o suprimir salas o juzgados temporales;
establecer el número de jueces necesarios previo el informe técnico
correspondiente; establecer o modificar la sede, modelo de gestión y precisar
la competencia de las cortes provinciales, tribunales penales, juzgados de
primer nivel y juzgados de paz; y, establecer o modificar el funcionamiento de
los Tribunales Contencioso Administrativos y Contencioso Tributarios, de
acuerdo a la necesidad del servicio; así también, el numeral 10 determina que
le corresponde: “10. Expedir, modificar, derogar (...) resoluciones de régimen
interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización,
funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario;
particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función
Judicial”;
“Competencia del tribunal, designación y atribuciones de la o del juzgador

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