Sentencias. 1898-17-EP/22 En el Caso No. 1898-17-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección en la causa No. 1898-17-EP

Número de Boletín114
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Martes 8 de noviembre de 2022Edición Constitucional Nº 114 - Registro Ocial
19
Sentencia No. 1898-17-EP/22
Juez ponente: Richard Ortiz Ortiz
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 31 de agosto de 2022
CASO No. 1898-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1898-17-EP/22
I. Antecedentes procesales
1. El 18 de octubre de 2016, Ida Ivete Campi Mayorga (la actora) presentó una demanda
de acción de protección en contra del Consejo Universitario de la Universidad Técnica
de Babahoyo.
1
2. El 8 de noviembre de 2016, la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia con sede en el cantón Babahoyo (la Unidad Judicial) declaró sin lugar
la acción de protección
2
. La actora interpuso recurso de apelación.
3. El 1 de junio de 2017, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de
Los Ríos con sede en el cantón Babahoyo (la Sala Multicompetente), con voto de
mayoría, aceptó el recurso de apelación
3
. El Consejo Universitario de la Universidad
Técnica de Babahoyo interpuso recursos de aclaración y ampliación.
4. El 26 de junio de 2017, la Sala Multicompetente negó los recursos de aclaración y
ampliación.
5. El 30 de junio de 2017, el Consejo Universitario de la Universidad Técnica de
Babahoyo (la entidad accionante) presentó acción extraordinaria de protección en
contra de la sentencia de 1 de junio de 2017.
1
Proceso No. 12201-2016-01108. La actora señaló que fue declarada como ganadora del concurso de
méritos y oposición para el cargo de docente titu lar auxiliar, pero que el Consejo Universitario ca mbió los
resultados. Alegó la vulneración a sus derechos co nstitucionales al debido proceso, seguridad jurídica y
derecho de participación.
2
La Unidad Judicial declaró improcedente la acción por no probar la vulneración de derechos, además
señaló que las impugnaciones a los reglamentos, actos y resoluciones de la administración pública que
contravengan normas legales son competencia de la jurisdicció n contencioso administrativa.
3
La Sala Multicompetente revocó la sentencia emit ida por la Unidad Judicial, y dispuso como medida de
reparación que se le otorgue el nombramiento a la actora.
Tema: La Corte Constitucional desestima la acción extraordinaria de protección
presentada en contra de la sentencia de 1 de junio de 2017, dictada por la Sala
Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos, al constatar que no se
vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, ni la seguridad
jurídica.
Sentencia No. 1898-17-EP/22
Juez ponente: Richard Ortiz Ortiz
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M. 31 de agosto de 2022
CASO No. 1898-17-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 1898-17-EP/22
I. Antecedentes procesales
1. El 18 de octubre de 2016, Ida Ivete Campi Mayorga (la actora) presentó una demanda
de acción de protección en contra del Consejo Universitario de la Universidad Técnica
de Babahoyo.
1
2. El 8 de noviembre de 2016, la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia con sede en el cantón Babahoyo (la Unidad Judicial) declaró sin lugar
la acción de protección
2
. La actora interpuso recurso de apelación.
3. El 1 de junio de 2017, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de
Losos con sede en el cantón Babahoyo (la Sala Multicompetente), con voto de
mayoría, aceptó el recurso de apelación
3
. El Consejo Universitario de la Universidad
Técnica de Babahoyo interpuso recursos de aclaración y ampliación.
4. El 26 de junio de 2017, la Sala Multicompetente negó los recursos de aclaración y
ampliación.
5. El 30 de junio de 2017, el Consejo Universitario de la Universidad Técnica de
Babahoyo (la entidad accionante) presentó acción extraordinaria de protección en
contra de la sentencia de 1 de junio de 2017.
1
Proceso No. 12201-2016-01108. La actora saló que fue declarada como ganadora del concurso de
méritos y oposición para el cargo de docente titular auxiliar, pero que el Consejo Universitario cambió los
resultados. Alegó la vulneración a sus derechos constitucionales al debido proceso, seguridad jurídica y
derecho de participación.
2
La Unidad Judicial declaró improcedente la acción por no probar la vulneración de derechos, además
señaló que las impugnaciones a los reglamentos, actos y resoluciones de la administración pública que
contravengan normas legales son competencia de la jurisdicción contencioso administrativa.
3
La Sala Multicompetente revocó la sentencia emit ida por la Unidad Judicial, y dispuso como medida de
reparación que se le otorgue el nombramiento a la actora.

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