Resoluciones. DE-19-020 Deléguense funciones al doctor Jaime Servando Arguello Toromoreno, Procurador de la ARCONEL

Número de Boletín518
SecciónResoluciones
EmisorAgencia de Regulación y Control de Electricidad - Arconel
40 – Jueves 27 de junio de 2019 Registro O cial Nº 518
que serán representativos en el proyecto y deberán
cumplir con las normas y procedimientos establecidos
en el Libro VI del Texto Uni cado de Legislación
Secundaria del Ministerio del Ambiente.
10. Proporcionar al personal técnico del Ministerio del
Ambiente, todas las facilidades para llevar a efecto el
control y seguimiento del cumplimiento del Plan de
Manejo Ambiental aprobado, cuando este lo requiriere.
11. El titular minero deberá cumplir con lo establecido en
la Sección II del Capítulo VI del Libro VI del Texto
Uni cado de Legislación Secundaria del Ministerio
del Ambiente, expedido mediante Acuerdo Ministerial
No. 061 de 07 de abril de 2015, publicado en la Edición
Especial del Registro O cial No. 316 de 04 de mayo de
2015, para la gestión integral de desechos peligrosos
y/o especiales. Su cumplimiento será veri cado en el
primer informe de monitoreo.
12. Dado que la gestión del agua es un proceso
dinámico cuyo propósito es la mejora continua del
aprovechamiento y manejo del agua, de manera anexa
a la presentación de la primera Auditoría Ambiental
de Cumplimiento Anual, se presentarán los medios
de veri cación que evidencien la mejora lograda en
la gestión del recurso hídrico, especí camente en lo
referente al tratamiento de e uentes, así como también,
la actualización del balance de aguas con las metas de
mejoramiento propuestas dentro del siguiente periodo
de auditoría.
13. Asegurar la calidad y caudales ecológicos de los
cuerpos super ciales de agua, tal como lo señala el
artículo 79 de la Ley de Minería.
14. Cancelar, sujeto al plazo de duración del proyecto, el
pago por servicios administrativos de gestión y calidad
ambiental por seguimiento y control al cumplimiento
del Plan de Manejo Ambiental aprobado, conforme
lo establecido en el Acuerdo Ministerial No. 083-B,
publicado en el Registro O cial No. 387 de 04 de
noviembre de 2015.
15. Cumplir con la normativa ambiental a nivel nacional y
local vigente.
16. Renovar y mantener vigente la Garantía de Fiel
Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, durante
toda vida útil del proyecto.
17. Sin perjuicio de la observancia y cumplimiento de
las demás disposiciones legales o aplicables a esta
actividad, así como de la adopción de todas las demás
medidas que son necesarias para evitar, mitigar,
remediar o restaurar eventuales impactos que se
generen sobre el ambiente o que afecten a los derechos
de la naturaleza.
El plazo de vigencia de la presente Licencia Ambiental
es desde la fecha de su expedición hasta el término de la
ejecución del proyecto.
El incumplimiento de las disposiciones y obligaciones
determinados en la Licencia Ambiental causará la
suspensión o revocatoria de la misma, conforme a lo
establecido en la legislación que la rige; se la concede a
costo y riesgo del interesado, dejando a salvo derechos de
terceros.
La presente Licencia Ambiental se rige a las disposiciones
de la normativa ambiental y administrativa aplicable.
De la aplicación de esta Resolución se encarga a la
Subsecretaría de Calidad Ambiental y a la Dirección
Provincial del Ambiente de Azuay.
Notifíquese con la presente resolución al Representante
Legal de la Planta de Bene cio EYMEN CORPORATION,
Sra. Mónica Martínez, y publíquese en el Registro O cial
por ser de interés general.
Se dispone el registro de la Licencia Ambiental en el
Registro Nacional de Fichas y Licencias.
Dado en Quito, a 28 de mayo de 2019.
f.) Mgs. Carlos Alberto Velasco Enriquez, Subsecretario
de Calidad Ambiental, Ministerio del Ambiente.
Nro. DE-19-020
Ing. Gabriel Bolívar Lucio Manzoni
DIRECTOR EJECUTIVO
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE
ELECTRICIDAD, ARCONEL
Considerando:
Que, el artículo 227, la Constitución de la República
del Ecuador, establece que la Administración Pública
constituye un servicio a la colectividad, que se rige por
los principios de e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, plani cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 14 de la LOSPEE, crea la Agencia de
Regulación y Control de Electricidad - ARCONEL, como el
organismo técnico administrativo encargado del ejercicio
de la potestad estatal de regular y controlar las actividades
relacionadas con el servicio público de energía eléctrica y
el servicio de alumbrado público general, precautelando
los intereses del consumidor o usuario nal;
Que, el artículo 19 de la Ley ibídem, establece, entre
otras, las atribuciones y deberes del Director Ejecutivo
del ARCONEL, que para la presente Resolución se
determinan los siguientes numerales:
la c
os supe
o 79 de
ujeto al p
icios administrativos de ge
seguimiento
nejo Ambienta
l Acuer
ce d
stas dentr
calidad y caudales
r ciales de agua, t
la Ley de Miner
plazo de dura
o a
s administrativos de gestión y cali
iento y control al cumplimien
tal aprobado conf
es ecoló
, tal como
nería.
e e u
alance d
puesta
ca
er
e l
al plazo de duración del proy
ministrativos de ges
icos de
riod
do
e l
s
l
ntal,
rto
Min
Velas
it
de 2
o
19.
ias
el
d
io d
II d
ado de
mbiente
de 07 d
el Regist
a gestión integral de desech
Su cumplimiento será
de monitoreo.
ión
bado, c
o deberá cumplir c
del Capítulo VI del
Legislación Secun
expedido mediante Acuerd
de abril de 2015, publicado
stro O cial No. 31
g
stión integral de desechos peligr
umplimiento será veri cado en
eo
on
l Libr
undaria de
diante Acuerdo
abril de 2015, publica
oOcial N
dad
del cu
aproba
ro d
de
e
e,
de abril de 2015, publicado en la
gistro O cial No. 316 de 04 de m
ón integral de desechos
tablecid
VI del T
Mi
do en
re.
La p
nister
nisterial
dición
o
S
De l
la no
se
rma
nte L
iv
cenc
nter
eres
ción q
ado, d
de la m
que la
Amb
misma
ones y
ental
de
s
Not
sec
ovincia
plic
retaría
al de
icación
de
m
d
Ambi
iental y
iental
e
disp
d, así
as que
ar o r
obre el
leza.
ia de la presen
u expedició
to.
la observancia
posiciones legales o
como de la adopció
son necesarias
estaurar eventuales impa
ambiente o que afecte
presente Licencia Ambient
y
o ap
ión de to
as para evit
taurar eventuales imp
mbiente o que af
de Ma
oyecto.
de la
spo
í c
e
restaurar eventuales impactos
el ambiente o que afecten a los d
plimie
ables a
s las d
nto de
t
d
part
dem
mitigar,
que se
s
o
Q
Regu
rga
ue, e
aci
art
ción
cu
ión,
n, plani
e c
de
a
acia
sc
la co
a, e
sti
e la Ad
lec
ución
dmin
de
el s
los
la po
ciona
vi
mo t
testad
d
y Con
écnico
14
rol de
a
de la
E
n, tran
raliza
nspare

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR