Resoluciones. 19 060 Deróguese en su totalidad el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 023 (Agua Potable) contenido en la Resolución Nº 079-2008 del 21 de julio de 2008, publicada en el Registro Oficial Nº 400 del 11 de agosto de 2008 y su modificatoria 1 publicada en el Registro Oficial Nº 07 del 04 de junio de 2013.

Número de Boletín49
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
10 – Viernes 27 de septiembre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 49
el 25 de junio de 2020 sin prórroga alguna, siempre
y cuando la vida útil de los plaguicidas esté vigente
(fecha de vencimiento) y que su etiqueta cumpla con los
requisitos para su aprobación, esto con la f‌i nalidad de
evitar generar plaguicidas obsoletos; sin embargo, la
sanción pecuniaria se deberá aplicar al administrado
o sujeto de la infracción por incumplimiento de la
normativa”.
Artículo 3.- Salvo lo considerado en los artículos 1 y
2 de la presente resolución quedan vigentes en todas sus
partes los artículos contemplados en la Resolución 146 de
22 de julio de 2019 en la cual se cancela los registros de
los plaguicidas químicos de uso agrícola de las categorías
toxicológicas III y IV, descritos en el Anexo 1 (documento
que forma parte integrante de la presente resolución), por
cuanto, los titulares de los registros no cumplieron con lo
establecido en el artículo 1 de la Resolución 248 de 04 de
diciembre de 2013.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De la ejecución de la presente Resolución
encárguese a la Coordinación General de Registros de
Insumos Agropecuarios a través de la Dirección de Registros
de Insumos Agrícolas de la Agencia de Regulación y
Control Fito y Zoosanitario.
Segunda.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Registro Of‌i cial.
CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, D.M. 05 de septiembre del 2019.
f.) Ing. Wilson Patricio Almeida Granja, Director
Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control Fito
y Zoosanitario.
No. 19 060
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
VISTO:
1.- El Of‌i cio N° INEN-INEN-2019-0985-OF de 23 de julio
de 2019 con asunto “Informe de solicitud de derogatoria
de 89 Reglamentos Técnicos Ecuatorianos no controlados
en Ventanilla Única Ecuatoriana VUE-INEN” mediante
el cual el Servicio Ecuatoriano de Normalización INEN
manif‌i esta en lo pertinente lo siguiente: “(…) solicita a la
Subsecretaría de Calidad del Ministerio de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca–MPCEIP,
la emisión de las Resoluciones correspondientes a la
derogatoria de los reglamentos técnicos ecuatorianos RTE
INEN contenidos en el referido informe”;
2.- El Of‌i cio N° INEN-INEN-2019-1042-OF de 01 de
agosto de 2019 con asunto “Alcance al Of‌i cio Nro. INEN-
INEN-2019-0985-OF, de 23 de julio de 2019, con asunto
Informe de solicitud de derogatoria de 89 Reglamentos
Técnicos Ecuatorianos no controlados en Ventanilla
Única Ecuatoriana VUE-INEN” mediante el cual el INEN
manif‌i esta en lo pertinente lo siguiente: “(…) informamos
que debido a un error de buena fe, se ha incluido el RTE
INEN 275–“Bolígrafos, portaminas y minas de graf‌i to”, el
cual establece requisitos que están alineados a proteger
la salud y la seguridad de las personas y evitar prácticas
que puedan inducir a error, en su lugar debe ser retirado
y archivado el proyecto PRTE INEN 119 “Contadores de
gas”, esto debido a que las normas base de estudio no
establecen requisitos enfocados a los objetivos legítimos
planteados al momento de su emisión.;
3.- El Informe Técnico No. DRE-2019-144 de 01 de agosto
de 2019 con asunto “Solicitud de Derogatoria, Archivo y/o
Retiro de Ochenta y Nueve (89) Reglamentos Técnicos RTE
INEN y Proyectos de Reglamentos Técnicos Ecuatorianos
PRTE INEN”, suscrito por el Director Ejecutivo del INEN,
en el cual se concluye:
“Después de una revisión técnica, se identif‌i có que 58
documentos, entre Proyectos de RTE INEN y RTE INEN
no se encuentran alineados con los objetivos legítimos;
29 documentos, entre Proyectos de RTE INEN y RTE
INEN tienen duplicidad regulatoria.
La eliminación, archivo y derogatoria de los 87
documentos identif‌i cados entre Proyectos de RTE
INEN y RTE INEN no tiene impacto económico por no
estar controlados en la Ventanilla Única Ecuatoriana
VUE-INEN del sistema Ecuapass del Servicio Nacional
de Aduanas del Ecuador SENAE, por tanto no requiere
aprobación del Ministerio de Finanzas.”;
4.- El Of‌i cio N° MPCEIP-SC-2019-1302-O de 24 de
julio de 2019 con asunto “Solicitud de pronunciamiento
sobre Reglamentos Técnicos y Proyectos de Reglamentos
Técnicos INEN”, suscrito por el Subsecretario de Calidad
del MPCEIP, en el cual en lo pertinente manif‌i esta y
solicita; “(…)el Servicio Ecuatoriano de Normalización–
INEN, de manera of‌i cial ha puesto en consideración de esta
Subsecretaría la propuesta de derogar (…) reglamentos
técnicos notif‌i cados (…) En ese sentido, solicito
comedidamente emitir de manera urgente su conformidad
u observaciones a lo indicado anteriormente. Su respuesta
es de suma importancia para atender el requerimiento
respectivo.”;
5.- El Of‌i cio N° MPCEIP-SC-2019-1302-O de 24 de
julio de 2019 con asunto “Solicitud de pronunciamiento
sobre Reglamentos Técnicos y Proyectos de Reglamentos
Técnicos INEN”, suscrito por el Subsecretario de Calidad
del MPCEIP, en el cual en lo pertinente manif‌i esta y
solicita; “(…)el Servicio Ecuatoriano de Normalización–
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