19-20-IS/21 En el Caso No. 19-20-IS Acéptese la acción de incumplimiento No. 19-20-IS

Fecha de publicación28 Enero 2022
Número de Gaceta268
Viernes 28 de enero de 2022Registro Ocial - Edición Constitucional Nº 268
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Sentencia No. 19-20-IS/21
Jueza ponente: Daniela Salazar Marín
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel. (593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guay aquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D.M., 15 de diciembre de 2021
CASO No. 19-20-IS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA No. 19-20-IS/21
Tema: La Corte Constitucional analiza la acción de incumplimiento presentada por
Cervecería Nacional CN S.A. en contra del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del cantón Flavio Alfaro, en la cual se exige el cumplimiento de la sentencia
29 de enero de 2019 dictada dentro de una acción de protección. La Corte determina el
cumplimiento parcial de la sentencia, al no haberse devuelto todos los valores
embargados en los procesos coactivos que fueron impugnados en la acción de
protección, y respecto de los cuales se ordenó su reintegro.
1. Antecedentes y procedimiento
1.1. Antecedentes procesales
1. El 12 de diciembre de 2018, José Enrique Pelaez Larrainza, en su calidad de
representante legal de la compañía Cervecería Nacional CN S.A. (en adelante,
“CN”), presentó una acción de protección con medidas cautelares en contra de los
Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales de los cantones Montecristi,
Flavio Alfaro, Eloy Alfaro, Muisne y la Asociación de Municipalidades
Ecuatorianas
1
.
2. El 13 de diciembre de 2018, el juez de la Unidad Judicial Penal Norte 2 con sede en
el cantón Guayaquil, provincia del Guayas (en adelante, “juez de instancia” o “juez
de la Unidad Judicial”), entre otras disposiciones, concedió las medidas cautelares
ordenando la suspensión de las órdenes de retención dentro de los procesos
coactivos iniciados por las entidades accionadas, y convocó a audiencia pública.
1
El proceso judicial fue signado con el No. 09286-2018-04878. En la acción se impugnaron títulos de
crédito y autos de pago emitidos dentro de distintos procesos coactivos iniciados por las entidades
accionadas. Específicamente, respecto al Gobierno Autónomo Descentralizado de Flavio Alfaro, la
compañía impugnó los títulos de crédito Nos. 007, 008 y 009 (emitidos el 22 de octubre de 2018) por el
valor de USD 358.603,95 (cada uno) y los consecuentes autos de pago emitidos el 16 de noviembre de
2018, correspondientes al impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales de los años 2015, 2016, 2017.
A su vez, en la demanda se señaló que por dichos procesos coactivos se r etuvo: i) USD 585.241,64 por el
juicio coactivo No. 01-JC-GADMFA, ii) USD 546.512,41 por el juicio coactivo de 02 -JC-GADMFA, y
iii) USD 507.783,19 por el juicio coactivo No. 03-JC-GADMFA, sumando un total de USD
1’639.537,24.

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