Ordenanzas Municipales. 191 Cantón Cuyabeno: Que reglamenta el incentivo y reconocimiento a los estudiantes de los establecimientos educativos

Número de Boletín823
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Edición Especial Nº 823 - Registro Ocial
8
Martes 11 de abril de 2023
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE CUYABENO
CONCEJO MUNICIPAL
Parroquia Tarapoa Cantón Cuyabeno Provincia de Sucumbíos
1
ORDENANZA Nro. 191 SECUENCIA GENERAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Que, a través de diversos programas el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
Cuyabeno, procura reducir la brecha entre los que más tienen y los que menos tienen, en cuanto
al acceso al conocimiento, educación y tecnología educativa.
Que, no es posible el desarrollo sustentable sin una buena educación, por lo tanto, este derecho
debe ser promovido y estimulado por el Estado con criterios de inclusión social.
Que, se constituye como Política Municipal, el apoyo social y reconocimiento al esfuerzo intelectual
y académico de los estudiantes de los diversos establecimientos educativos domiciliados en el
Cantón Cuyabeno.
Que, es un deber social del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuyabeno,
incentivar, motivar a los mejores estudiantes a fin de constituir un ejemplo de lucha y superación
ante el resto de estudiantes.
Que, es deber del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuyabeno, crear
políticas públicas de incentivos, con el fin de crear conciencia en los estudiantes de este Cantón,
para que los mismos continúen estudiando en los diferentes centros educativos que existen en el
Cantón Cuyabeno, con el propósito de mejorar la seguridad del potencial intelectual y crear un
empoderamiento cívico en sus estudiantes.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTON CUYABENO
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 1 establece que: “El Ecuador es
un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente,
unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada (…)”;
Que, según el artículo 11 numeral 7 de la Constitución de la República del Ecuador, En
reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos
internacionales de derechos humanos, no excluirá los demás derechos derivados de la dignidad
de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, que sean necesarios para su pleno
desenvolvimiento.
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 11, numeral 8, señala: “El
contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la
jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias
para su pleno reconocimiento y ejercicio”.
Que, según el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, la educación además de
ser un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado,

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