Sentencias. 1917-15-EP/21 En el Caso N° 1917-15-EP Desestímese la acción extraordinaria de protección

Número de Boletín275
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 9 de febrero de 2022 Edición Constitucional Nº 275 - Registro Ocial
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Sentencia No. 1917-15-EP/21
Juez ponente: Ramiro Avila Santamaría
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
ema il: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M. 21 de diciembre de 2021
CASO No. 1917-15-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes y procedi miento
1. El 20 de octubre de 2014, agentes de policía de la DINASED
1
aprehendieron a Miguel
Fernando Gilse Ordóñez para investigar el asesinato de dos personas.
2
2. El 21 de octubre de 2014, en audiencia de flagrancia
3
, el fiscal de delitos flagrantes,
Víctor González, formuló cargos en contra de Miguel Fernando Gilse Ordóñez (“el
procesado”) por el presunto cometimiento del delito de tenencia y porte de armas
4
, ante
el juez de la Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos flagrantes
de Guayaquil (“el juez”) Fernando Vergara Puertas. En la audiencia, la Fiscalía indicó
que existía un “pre acuerdo
5
entre el procesado y la Fiscalía para realizar un
procedimiento abreviado
6
y para determinar una pena privativa de libertad de diez
meses.
1
Dirección Nacional de Investigación de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapar iciones,
Secuestro y Extorsión de la Policía Nacional del Ecuador.
2
Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos flagrantes de Guayaquil provincia de
Guayas. Expediente No. 09281-2014-4154, fojas 1 a 13. En el parte policial notificado y autorizado por
el Fiscal de Turno Jean Carlos Almeida se indica que se encontraban realizando invest igaciones por el
asesinato de M.F.A.B y M.L.A.E (cónyuges). Dentro de esta invest igación, los policía s allanaro n el
domicilio de Miguel Fernando Gilse Ordóñez y encontraro n un arma. De la revisión del expediente, en la
foja 25 consta que por el asesinato de los cónyuges M.F.A.B y M.L.A.E, d e forma independiente se
sentenció a dos personas co mo autores. Este proceso está signado con el número 09285-2015- 03003.
3
Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos flagrantes de Guayaquil provincia de
Guayas, Expediente No. 09281-2014-4154, fojas 16 a 18.
4
Delito tipificado en el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal en concordancia con el artículo
42 del mismo cuerpo normativo. La Fiscalía señaló que en el allanamiento al domicilio del accionante se
encontr ó “… un arma calibre 16, además se encontraron vainas percutidas calibre 16, y un arma tipo
cartuchera de fabricación nacional…”
5
Expediente No. 09281-2014-4154. Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos
flagrantes de Guayaquil provincia de Guayas. Registro de audio de la audiencia, minutos 19:30-19:40,
foja 18.
6
Procedimiento especial reglado en el Código Orgánico Integral Penal, art ículo 635.
Tema: La Corte Constitucional desestima la acción extraordinaria de protección
presentada contra una sentencia que declaró culpable a una persona por el delito de
tenencia y porte de armas, en la que se alegó vulneración a los derechos a la seguridad
jurídica.
Sentencia No. 1917-15-EP/21
Juez ponente: Ramiro Avila Santamaría
1
Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec Guayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicación@cce.gob.ec
Quito, D.M. 21 de diciembre de 2021
CASO No. 1917-15-EP
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y
LEGALES, EXPIDE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
I. Antecedentes y procedi miento
1. El 20 de octubre de 2014, agentes de policía de la DINASED1 aprehendieron a Miguel
Fernando Gilse Ordóñez para investigar el asesinato de dos personas.2
2. El 21 de octubre de 2014, en audiencia de flagrancia3, el fiscal de delitos flagrantes,
Víctor González, formuló cargos en contra de Miguel Fernando Gilse Ordóñez (“el
procesado”) por el presunto cometimiento del delito de tenencia y porte de armas4, ante
el juez de la Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos flagrantes
de Guayaquil (“el juez”) Fernando Vergara Puertas. En la audiencia, la Fiscalía indicó
que existía un “pre acuerdo5 entre el procesado y la Fiscalía para realizar un
procedimiento abreviado6 y para determinar una pena privativa de libertad de diez
meses.
1 Dirección Nacional de Investigación de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapar iciones,
Secuestro y Extorsión de la Policía Nacional del Ecuador.
2 Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos flagrantes de Guayaquil provincia de
Guayas. Expediente No. 09281-2014-4154, fojas 1 a 13. En el parte policial notificado y autorizado por
el Fiscal de Turno Jean Carlos Almeida se indica que se encontraban realizando investigaciones por el
asesinato de M.F.A.B y M.L.A.E (cónyuges). Dentro de esta invest igación, los policías allanaro n el
domicilio de Miguel Fernando Gilse Ordóñez y encontraro n un arma. De la revisión del expediente, en la
foja 25 consta que por el asesinato de los cónyuges M.F.A.B y M.L.A.E, de forma independiente se
sentenció a dos personas co mo autores. Este proceso está signado con el número 09285-2015- 03003.
3 Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos flagrantes de Guayaquil provincia de
Guayas, Expediente No. 09281-2014-4154, fojas 16 a 18.
4 Delito tipificado en el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal en concordancia con el artículo
42 del mismo cuerpo normativo. La Fiscalía señaló que en el allanamiento al domicilio del accionante se
encontr ó “… un arma calibre 16, además se encontraron vainas percutidas calibre 16, y un arma tipo
cartuchera de fabricación nacional…”
5 Expediente No. 09281-2014-4154. Unidad Judicial de Garantías Penales con competencia en delitos
flagrantes de Guayaquil provincia de Guayas. Registro de audio de la audiencia, minutos 19:30-19:40,
foja 18.
6 Procedimiento especial reglado en el Código Orgánico Integral Penal, artículo 635.

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