20-CPP-2019-2023 Del presupuesto para el ejercicio fiscal del año 2022

Fecha de publicación21 Octubre 2022
Número de Gaceta570
Viernes 21 de octubre de 2022 Edición Especial Nº 570 - Registro Ocial
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Ordenanza Provincial No. 20-CPP- 2019-2023
EL PLENO DEL CONSEJO PROVINCIAL DE PICHINCHA
Considerando:
Que el Art. 238 de la Constitución de la República establece que “Los gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera
y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiaridad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana…”;
Que en cumplimiento a lo que expresan los Arts. 238 y 241 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, la Asamblea Popular
Provincial de Pichincha, 13 de agosto del 2021 se estableció el límite de inversión para
el año 2022 y resolvió expresar su conformidad con las prioridades de inversión
definidas en el Plan de Inversión para el año 2022, el día 28 de octubre conforme
certificación emitida por el Sociólogo Nelson Moposita , Secretario de la Asamblea del
Poder Popular de la Provincia de Pichincha;
Que como lo determina el Art. 240 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, con Memorando 917-AP-21 de 20 de octubre del 2021,
la Directora de Gestión Financiera remite a la Prefecta el Anteproyecto de Presupuesto
del año 2022;
Que como lo determina el Art. 242 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, con Memorando No. 3095 PRF de 29 de octubre del
2021, La Prefecta presenta al órgano legislativo local el Proyecto Definitivo del
Presupuesto 2022, acompañado de documentos relativos a los aumentos o
disminuciones en las estimaciones de ingresos y en las previsiones de gastos,
liquidación del presupuesto del ejercicio 2020; y Estado de Ingresos y Gastos Efectivos
del primer semestre del año 2021;
Que como lo disponen los Arts. 47 literal i); y 267 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, se anexaron a la proforma
presupuestaria 2022 los planes operativos y presupuestos de las empresas públicas y
unidad adscrita del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha,
debidamente aprobados por sus Directorios;
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 244 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, la Comisión de Planificación
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y Presupuesto ha emitido su pronunciamiento respecto al Proyecto de Presupuesto para
el año 2022, con los Informes Nos. 05 y 06 CPyP;
Que en sesiones Ordinaria No. 40 del 12 de noviembre de 2021 y Extraordinaria No. 41
de 26 de noviembre de 2021, el Pleno del Consejo Provincial de Pichincha aprobó en
primera discusión y segunda discusión respectivamente, los informes de la Comisión de
Planificación y Presupuesto, que contiene la Proforma Presupuestaria para el Ejercicio
Fiscal 2022;
Que la presente Proforma Presupuestaria cumple lo dispuesto, en el Art.295 de la
Constitución de la República y Art. 106 del Código de Planificación y Finanzas
Públicas;
Que conforme lo establecen el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha y el
Art. 119 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, se señalan las
responsabilidades de las unidades de Planificación y Financiero, respecto al seguimiento
y evaluación de la ejecución presupuestaria;
Que conforme el segundo inciso del Art. 256 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización señala: “…Los traspasos de un área a otra
deberán ser autorizados por el legislativo del gobierno autónomo descentralizado, a
petición del ejecutivo local, previo informe de la persona responsable de la unidad
financiera.”;
Que conforme el Art. 69 del Código Orgánico Administrativo, los órganos
administrativos pueden delegar el ejercicio de sus competencias;
Que el literal e) del Art. 47 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, establece la facultad del Consejo Provincial para
“Aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado provincial,
que deberá guardar concordancia con el plan provincial de desarrollo y con el
ordenamiento territorial; así, como garantizar una participación ciudadana en el
marco de la Constitución y la ley…”; y,
En uso de sus atribuciones que le confiere el Art. 240 de la Constitución de la República
y el literal a) del Art. 47 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización.
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Resuelve:
Expedir la “ORDENANZA DEL PRESUPUESTO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA,
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2022.
ARTÍCULO ÚNICO.- Aprobar la Ordenanza del Presupuesto del Gobierno de la
Provincia de Pichincha para el ejercicio fiscal del año 2022, por un monto total de USD
157.077.210,79, (Ciento cincuenta y siete millones, setenta y siete mil, doscientos diez
dólares, con setenta y nueve centavos) cuyo detalle se anexa y es parte integrante de la
presente Ordenanza.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- La responsabilidad de la ejecución del presupuesto corresponde a la
Prefecta, Viceprefecto, a las Direcciones y Unidades responsables de los programas y
proyectos.
SEGUNDA.- El control y evaluación del POA institucional, que incluye el Plan Anual
de Inversiones estará a cargo de la Dirección de Gestión de Planificación.
La información de la ejecución estará a cargo de la Dirección de Gestión de
Planificación y Dirección de Gestión Financiera.
TERCERA.- El Pleno del Consejo Provincial de Pichincha AUTORIZA, a la Prefecta
del Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha, o su delegado,
realizar los traspasos de créditos disponibles, de un área a otra o fuera de esta, previo
informe de la persona responsable de la unidad financiera, siempre y cuando se
mantengan los montos presupuestarios aprobados en el Artículo 1 de la presente
Ordenanza, de conformidad a la normativa aplicable, las cuales serán informadas
semestralmente.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de
enero del 2022, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno
Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha y más medios de difusión
institucionales, así como su publicación en el Registro Oficial.

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