Acuerdos. 2017 Deléguense Funciones A El/ La Coordinador/a General Asesoría Jurídica

Número de Boletín84
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Turismo
4 – Jueves 21 de septiembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 84
Que, con documento s/n de 17 de agosto de 2017, suscrito
por el ingeniero Freddy Marcelo Gallardo Tapia, presenta
a consideración de Javier Felipe Córdova Unda, Ministro
de Minería, la renuncia al cargo de Coordinador General
de Planif‌i cación y Gestión Estratégica.
Que, mediante memorando Nro. MM-MM-2017-0332-
ME de 18 de agosto de 2017, el señor Ministro de Minería
aceptó la renuncia presentada por el ingeniero Freddy
Marcelo Gallardo Tapia, al cargo de Coordinador General
de Planif‌i cación y Gestión Estratégica; y además se solicita
realizar todas las acciones administrativas pertinentes
para encargar al ingeniero Juan Gabriel Bonilla Toapanta
la Coordinación General de Planif‌i
cación y Gestión
Estratégica.
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el número
Ecuador; el artículo 35 de la Ley de Modernización del
Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos
por parte de la Iniciativa Privada; artículos 17 y 55 del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva; y, el Decreto Ejecutivo Nro. 8, en
calidad de Ministro de Minería:
Acuerda:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia al cargo de Coordinador
General de Planif‌i cación y Gestión Estratégica, presentada
por el ingeniero Freddy Marcelo Gallardo Tapia,
Artículo 2.- Encargar las atribuciones y deberes de
la Coordinación General de Planif‌i cación y Gestión
Estratégica, al ingeniero Juan Gabriel Bonilla Toapanta,
a partir del 21 de agosto de 2017, hasta el nombramiento
de su titular.
Artículo 3.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo
17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva, póngase en conocimiento del señor
Secretario General de la Presidencia de la República del
Ecuador el presente Acuerdo Ministerial.
Artículo 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad Quito, D.M., a los 21 días del mes de
agosto de 2017.
f.) Javier Felipe Córdova Unda, Ministro de Minería.
MINISTERIO DE MINERÍA.- CENTRO DE
DOCUMENTACIÓN.- Fiel copia del original.- Fecha 28
de agosto de 2017.- f.) Ilegible.
No. 2017 024
Abg. Carlos Javier Larrea Crespo
MINISTRO DE TURISMO SUBROGANTE
Considerando:
en su artículo 154, numeral 1, faculta a los señores
Ministros de Estado, expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas, que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Carta Magna señala: “…Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley…”;
Que, el artículo 233 de la Norma Suprema establece;
“Ninguna servidora ni servidor público estará exento
de responsabilidades por los actos realizados en el
ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán
responsables administrativa, civil y penalmente por el
manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos...”;
Que, de conformidad con el Artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, los Ministros de Estado, dentro de la esfera de
su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes
al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios
al exterior o cuando lo estimen conveniente;
Que, el artículo 55, de la norma ibídem establece lo
siguiente: “…Las atribuciones propias de las diversas
entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto.
La delegación será publicada en el Registro Of‌i cial.
Los delegados de las autoridades y funcionarios de la
Administración Pública Central e Institucional en los
diferentes órganos y dependencias administrativas, no
requieren tener calidad de funcionarios públicos…”;
Que, el artículo 57 del citado Estatuto, establece lo
siguiente: “...La delegación podrá ser revocada en
cualquier momento por el órgano que la haya conferido
y se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se
haya cumplido el acto cuya expedición o ejecución se
delegó...”;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 08 de 24 de mayo de
2017, el señor Presidente Constitucional de la República
nombró al doctor Enrique Ponce de León como Ministro
de Turismo;
Que, mediante Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Ministerio de Turismo, emitido a través
de Acuerdo Ministerial No. 2016045, establece que el
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