Acuerdos. 2018-053 Legalícese la comisión de servicios en el exterior, del funcionario Jorge Roberto Sánchez Cazar, Asesor de esta Cartera de Estado

Número de Boletín442
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
8 – Viernes 8 de marzo de 2019 Registro Of‌i cial Nº 442
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.-
Fiel copia del original.- f.) Ilegible, Documentación y
Archivo.
Nº DM-2018-053
Andrea Nina Pereda
MINISTRA DE CULTURA Y PATRIMONIO,
SUBROGANTE
Considerando:
Que el artículo 151 de la Carta Magna preceptúa que:
las ministras y los ministros de Estado serán de libre
nombramiento y remoción por la Presidenta o Presidente
de la República, y lo representarán en los asuntos propios
del ministerio a su cargo (…)”;
República del Ecuador, establece que: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Que el artículo 226 de la Norma Ibídem prescribe: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley.”;
Que el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público
establece que: “Serán servidoras o servidores públicos
todas las personas que en cualquier forma o a cualquier
título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo,
función o dignidad dentro del sector público”;
Que el artículo 30 de la precitada Ley, en concordancia con
los artículos 45, 46 y 47 de su Reglamento General, norma
la declaratoria en comisión de servicios con remuneración
al exterior de los servidores públicos;
Que el artículo 17 del Acuerdo No. MRL-2011-00051,
con el cual se expide el Reglamento para el pago de
viáticos, movilizaciones y subsistencias en el exterior
para las y los servidores y obreros públicos, publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 392, de 24
de febrero de 2011, señala: “Las autorizaciones de viaje
al exterior, para cumplir tareas of‌i ciales o servicios
institucionales derivados de las funciones de un puesto
de las servidoras, servidores, obreras u obreros que
laboren en entidades de la Función Ejecutiva y de las
entidades adscritas a la misma, se las realizará a través
del correspondiente acuerdo o resolución, según sea el
caso, previa autorización de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública a través del sistema informático
para viajes al exterior de la Presidencia. (…)”;
Que mediante of‌i cio Nro. SNAP-SNADP-2016-000148-O
de 16 de marzo de 2016, la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, dispuso: “(…) a todas las
entidades que conforman la Administración Pública
central, institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), la ejecución y cumplimiento de las
siguientes políticas: (…) 3. Restringir las comisiones de
servicios al exterior. Se autorizarán exclusivamente cuando
las organizaciones anf‌i trionas f‌i nancien los costos totales
(pasajes, viáticos, inscripciones, entre otros gastos), a
f‌i n de que no representen erogación presupuestaria alguna
para el Estado. De forma excepcional, se podrán aprobar
viajes cuyo costo deba asumir el Estado debidamente
justif‌i cados y con la presentación posterior del informe de
benef‌i cios cuantif‌i cables para el Estado, aprobado por la
máxima autoridad institucional, conforme la normativa
expedida para el efecto. De igual forma, sin excepción, la
comisión de servicios podrá integrarse por máximo dos
personas por institución, tomando en consideración que de
requerir cualquier tipo de apoyo, debe ser coordinado con
las embajadas y consulados, dentro de su programación
presupuestaria (…)”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, nombró al señor Raúl Pérez Torres, como
Ministro de Cultura y Patrimonio;
Que mediante Decreto N°. 135 de 01 de septiembre de
2017, publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento
N°. 76 de 11 de septiembre de 2017, se establecen: “Las
Normas de Optimización y Austeridad del Gasto Público”
(…) Artículo 15.- Viajes al exterior.- Los viajes al exterior
de los servidores públicos de la Función Ejecutiva
cuyo objetivo sea la participación en eventos of‌i ciales
y en representación de la institución o del Estado, serán
previamente calif‌i cados y autorizados por la Secretaría
General de la Presidencia de la República. En el caso de
las Empresas Públicas de la Función Ejecutiva, será la
máxima autoridad o su delegado, la que autorice los viajes
al exterior de sus servidores públicos de conformidad
con la dinámica del sector pero deberá informar sobre las
autorizaciones a la Secretaria General de la Presidencia.//
La Secretaria General de la Presidencia en coordinación
con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana, emitirán la normativa para regular y autorizar
viajes internacionales del personal del servicio exterior”;
Que mediante documento sin número de 24 de febrero
de 2018, la señora Marisol Palacios, Directora Artística
del Festival de Artes Escénicas de Lima - FAE Lima
2018, remitió al señor Roberto Sánchez Cazar, Director
Artístico del Festival Internacional de Artes Vivas de Loja,
la invitación a la semana de programadores del Festival de
Artes Escénicas - FAE Lima que se realizó en la ciudad
de Lima, del 28 de febrero al 11 de marzo de 2018,
adicionalmente señaló: “El festival le proveerá el ingreso a
todas las obras y asumirá los gastos de alojamiento, cenas
y transporte interno durante la muestra nacional que se
desarrollará del 01 al 05 de marzo del 2018”;
Que con memorando Nro. MCYP-MCYP-18-0061-M
de 26 de febrero de 2018, el licenciado, Jorge Roberto
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