Resoluciones. 2018 Suspéndese la ejecución de la Resolución 051A-2018, en la provincia de Pichincha

Número de Boletín353
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
42 – Martes 23 de octubre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 353
CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura,
aprobó esta resolución el siete de septiembre de dos mil
dieciocho.
f.) Ab. Irene Valencia Balladares Mgs., Secretaria
General.
No. 067A-2018
EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, determina: “El Consejo de la Judicatura
es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y
disciplina de la Función Judicial.”;
Que los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución
de la República del Ecuador, contemplan: “Serán
funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que
determine la ley: 1. Def‌i nir y ejecutar las políticas para el
mejoramiento y modernización del sistema judicial; (…)
y, 5. Velar por la transparencia y ef‌i ciencia de la Función
Judicial.”;
Que el artículo 18 del Código Orgánico de la Función
Judicial, señala: “El sistema procesal es un medio para
la realización de la justicia. Las normas procesales
consagrarán los principios de simplif‌i cación, uniformidad,
ef‌i ciencia, inmediación, oralidad, dispositivo, celeridad y
economía procesal, y harán efectivas las garantías del
debido proceso…”;
Que el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico
de la Función Judicial, establece que al Pleno del
Consejo de la Judicatura le corresponde: “10. Expedir,
modif‌i car, (…) resoluciones de régimen interno, con
sujeción a la Constitución y la ley, para la organización,
funcionamiento, responsabilidades, control y régimen
disciplinario; particularmente para velar por la
transparencia y ef‌i ciencia de la Función Judicial.”;
Que mediante sesión de 27 de diciembre de 2017, la
Asamblea Nacional del Ecuador, resolvió aprobar
la: “LEY ORGÁNICA PARA LA REACTIVACIÓN
DE LA ECONOMÍA, FORTALECIMIENTO DE LA
DOLARIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN
FINANCIERA”, publicada en el Segundo Suplemento del
Registro Of‌i cial No. 150, de 29 de diciembre de 2017;
Que mediante Disposición Transitoria Décima Quinta de
la Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía,
Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la
Gestión Financiera, publicada en el Segundo Suplemento
del Registro Of‌i cial No. 150, de 29 de diciembre de 2017,
establece: “En el plazo de un (1) año contado a partir de
la vigencia de esta Ley, los jueces que estén conociendo
procesos contenciosos tributarios bajo el sistema escrito,
deberán evacuar las actuaciones procesales necesarias
para resolverlos y dictar sentencia. La inobservancia a
esta Disposición acarreará las sanciones correspondientes
Que mediante sesión de 7 de agosto de 2018, la
Asamblea Nacional del Ecuador, resolvió aprobar la:
LEY ORGÁNICA PARA EL FOMENTO PRODUCTIVO,
ATRACCIÓN DE INVERSIONES, GENERACIÓN DE
EMPLEO, Y ESTABILIDAD Y EQUILIBRIO FISCAL”,
publicada en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 309,
de 21 de agosto de 2018;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura cesado en
sesión de 11 de junio de 2013, mediante Resolución 054-
2013, publicada en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 039, de 18 de julio de 2013, resolvió: “CREAR LA
UNIDAD JUDICIAL EN MATERIA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN LA CIUDAD DE
QUITO”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura cesado en sesión
de 30 de octubre de 2014, mediante Resolución 282-
2014, publicada en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 382, de 25 de noviembre de 2014, resolvió: “CREAR
LA SALA ÚNICA DEL TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE
LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO CON SEDE EN EL
CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura cesado en
sesión de 24 de marzo de 2015, mediante Resolución 047-
2015, publicada en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 478, de 13 de abril de 2015, resolvió: “APROBAR
EL PROTOCOLO PARA LA REASIGNACIÓN DE
PROCESOS JUDICIALES”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de
23 de agosto de 2018, mediante Resolución 051A-2018,
resolvió: “DE LA REASIGNACIÓN DE CAUSAS EN LOS
TRIBUNALES CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVO
Y TRIBUTARIO DE LAS PROVINCIAS DE GUAYAS Y
PICHINCHA”;
Que el Consejo de Participación Ciudadana y Control
Social Transitorio con base en sus competencias derivadas
del mandato que le conf‌i ó el pueblo ecuatoriano en
la Consulta Popular de 4 de febrero de 2018, mediante
Resolución PLE-CPCCS-T-E-048-14-06-2018, de 14 de
junio de 2018, resolvió designar a los señores y señoras:
doctor Marcelo Merlo Jaramillo, abogada Zobeida
Aragundi, doctor Aquiles Rigail, doctora Angélica Porras
y doctor Juan Pablo Albán como vocales encargados del
Consejo de la Judicatura, será presidido por el doctor
Marcelo Merlo Jaramillo; y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
por unanimidad,
RESUELVE:
SUSPENDER LA EJECUCIÓN
DE LA RESOLUCIÓN 051A-2018, EN LA
PROVINCIA DE PICHINCHA
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