Acuerdos. 2019 061 Créase el Comité de Seguridad de la Información

Número de Boletín147
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Turismo
2 – Jueves 20 de febrero de 2020 Registro Of‌i cial Nº 147
Págs.
PROCURADURÍA GENERAL
DEL ESTADO:
037 Expídese el Reglamento para la Adminis-
tración de Contratos ................................. 28
FUNCIÓN JUDICIAL
Y JUSTICIA INDÍGENA
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO:
006-FGE-2020 Apruébese el Manual de Proce-
dimiento de Administradores de
Contratos amparados en la Ley Orgánica
Pública ........................................................ 31
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA:
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-2020-0006 Apruébese la
fusión de la “Cooperativa de Ahorro y
Crédito Pujilí Ltda.” a la “Cooperativa
de Ahorro y Crédito Runa Shungo”,
domiciliadas en el cantón Latacunga,
provincia de Cotopaxi ............................... 35
SEPS-IGT-IGJ-IZ3-IFMR-2020-0007 Liquídese
la “Cooperativa de Ahorro y Crédito
Tamboloma Ltda.”, domiciliada
en el cantón Ambato, provincia de
Tungurahua ................................................ 38
GOBIERNOS AUTÓNOMOS
DESCENTRALIZADOS
ORDENANZAS MUNICIPALES:
- Cantón Paute: De disolución o extinción,
y liquidación de la Empresa Pública
Municipal, Farmacia Municipal
Solidaria - FARMUNIC-EP ..................... 41
- Cantón Alausí: Que norma los concursos
artísticos y culturales ................................ 44
No. 2019 - 061
Sra. Rosa Enriqueta Prado Moncayo
MINISTRA DE TURISMO
Considerando:
del Ecuador, establece: “(…) A las ministras y ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión (…)”;
Que, el artículo 226 de la Norma Suprema señala: “(…) Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley (…)”;
establece: “La competencia es irrenunciable y se ejerce
por los órganos o entidades señalados en el ordenamiento
jurídico, salvo los casos de delegación, avocación, suplencia,
subrogación, descentralización y desconcentración cuando
se efectúen en los términos previstos en la ley”;
determina: “Los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión, en:
(…) 4. Los titulares de otros órganos dependientes para la
f‌i rma de sus actos administrativos (…)”;
Que, el artículo 6 del Código Civil, determina que: La
ley entrará en vigencia a partir de su promulgación en el
Registro Of‌i cial y por ende será obligatoria y se entenderá
conocida de todos desde entonces. Podrá sin embargo, en
la misma ley, designarse un plazo especial para su vigencia
a partir de su promulgación.”
Que, de conformidad con el Artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
“(…) los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su
competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes
al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios
al exterior o cuando lo estimen conveniente”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 591, de fecha 03
de diciembre de 2018, el Lcdo. Lenin Moreno Garcés,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador,
designa como Ministra de Turismo a la señora Rosa
Enriqueta Prado Moncayo;
Que, de conformidad con el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio de Turismo,
emitido a través de Acuerdo Ministerial No. 2017 044, de
28 de diciembre de 2017, el Ministro/a de Turismo tiene
la responsabilidad de “(…) e) Expedir, conforme a la
ley, acuerdos, resoluciones y disposiciones relacionadas
con el ámbito de su competencia en materia turística y
administrativa (…);
Que, la Secretaria Nacional de la Administración Pública,
de ese entonces, con fecha 19 de septiembre del 2013,
emitió el Acuerdo Ministerial Nro. 166 publicado en el
Registro Of‌i cial Nro. 88 de 25 de septiembre de 2013,
dispuso la implementación del Esquema Gubernamental de
Seguridad de la Información (EGSI) en todas las entidades
de la Administración Pública Central, y Dependiente de
la Función Ejecutiva. El EGSI está basado en la norma
ecuatoriana INEN ISO/ICE 27002;
Que, mediante memorando Nro. MT- CGPGE-2019-
0142-M del 14 febrero del 2019 el Coordinador General de
Planif‌i cación y Gestión Estratégica, informó a la Directora

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